Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2023060705)
Extracto de las Ayudas PAC campaña 2023/2024, de la solicitud de concesión de ayuda y pago en su primer año de compromisos de la intervención "Compromisos agroambientales en superficies agrarias. protección de la avifauna".
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023

12952

EXTRACTO de las Ayudas PAC campaña 2023/2024, de la solicitud de
concesión de ayuda y pago en su primer año de compromisos de la intervención
"Compromisos agroambientales en superficies agrarias protección de la
avifauna". (2023060705)
BDNS (Identif.): 678804
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 B y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Convocatoria.
Convocatoria de 2023 de la solicitud de concesión de ayuda y pago en su primer año de compromisos de la intervención ““Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Protección de la Avifauna” establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
Segundo. Objeto.
Esta intervención va destinada a mejorar de la calidad del hábitat de las especies esteparias
y a la reducción de la mortalidad asociada a las labores agrícolas. Se persigue la realización
de labores tradicionales de cultivo que permitan mantener o incrementar la biodiversidad,
creando un hábitat más favorable para la alimentación, nidificación y cobijo de la fauna esteparia asociada y, de esta manera, consolidar la presencia de poblaciones estables de este
tipo de fauna.
La prima anual, por hectárea, compensará a las personas beneficiarias por la totalidad o una
parte de las pérdidas de ingresos agrícolas y los costes de mantenimiento, durante un período
de cinco años.
Tercero. Beneficiarios.
Personas jurídicas o personas físicas que sean titulares de explotaciones agrarias, considerándose como personas físicas sólo a una persona como única titular o titular individual o bien
a las personas titulares de una explotación agraria de titularidad compartida prevista en el
artículo 34.2.c) de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, que suscriban
voluntariamente compromisos de gestión que se consideran beneficiosos para alcanzar los
objetivos específicos mencionados.