Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Producción Integrada. (2023050045)
Orden de 23 de febrero de 2023 por la que se aprueba la norma técnica específica de producción integrada de estevia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 40
Martes 28 de febrero de 2023




12398

Determinación de materias extrañas, mediante control visual.
Sanidad, mediante control visual

c) Se procederá a la identificación de cada partida con los siguientes datos: fecha de
recepción, identificación de la persona operadora, peso y sistema de producción.
d) Los aparatos utilizados para la determinación del porcentaje de humedad deberán
estar mantenidos y verificados periódicamente.
e) En su caso, la persona operadora que manipule debe disponer de procedimientos
que indiquen periodicidad y exactitud con la que se verificarán los instrumentos de
medida utilizados para comprobar la calidad del producto.
f) Los resultados de los análisis practicados a las muestras de Estevia tienen que ir
adjuntos al documento de toma de muestra que será firmado por la persona que se
responsabilice de la veracidad de los datos y en el que se especifique:






Día de la toma de muestra.
Especie.
Kilogramos y/o lotes muestreados.
Identificación de la persona productora.
Nº expediente del boletín de análisis de resultados.

g) Se deberán registrar todos los datos y anotar todos los resultados indicados
anteriormente. Los parámetros a comprobar son los especificados para cada
producto en las normas de calidad de la legislación vigente de alimentos o la
específicamente aplicable a la Estevia.
h) La industria debe tener definido e implantado un plan de autocontrol mediante
muestreo sistemático de la producción que sirva para detectar y comprobar la posible
presencia de residuos de productos fitosanitarios, así como otras sustancias
indeseables. la persona operadora realizará las tomas de muestras necesarias en
locales de almacenamiento e industria de manipulación y procesado de la Estevia
que garantice que el producto está libre de sustancias indeseables. Con ello se
garantiza que se han utilizado exclusivamente materias activas autorizadas y que
cumple con lo establecido en la Legislación Comunitaria Europea, en la Legislación
Estatal y Autonómica, siendo el contenido en residuos inferior al Límite Máximo de
Residuos (LMR) especificado en la legislación española.
i) Además se cumplirá la legislación establecida respecto al contenido de residuos en
el país de destino donde se comercialice el producto.
j) Disponer de análisis anuales microbianos de las fuentes de abastecimiento del agua
de la planta de producción.
k) Existe la obligatoriedad de conservar los registros de los controles y análisis
efectuados.
l) En el caso de que alguna partida no cumpla las condiciones de las normativas y
reglamentos de Producción Integrada que le afecten, la empresa deberá disponer de
un procedimiento documentado para el tratamiento de la materia prima o producto no
conforme, procediéndose a la comercialización fuera del régimen del sistema de
calidad de Producción Integrada.
m) La persona operadora debe tener un procedimiento de detección y constancia de
registros para las acciones correctoras que desarrollarán cuando se detecten “no
conformidades” en cualquiera de las prácticas y requisitos desarrollados en esta
Norma Técnica Específica.