Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Producción Integrada. (2023050045)
Orden de 23 de febrero de 2023 por la que se aprueba la norma técnica específica de producción integrada de estevia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 40
Martes 28 de febrero de 2023
12396
p) El agua utilizada en la industria para el procesado del producto deberá proceder de la
red pública, o en caso de tener otra procedencia, deberá ser perfectamente
demostrada su potabilidad, tanto la utilizada para el contacto directo con la materia
prima, como para cualquier superficie en contacto con ésta. Se llevará a cabo
limpieza y desinfección periódica de depósitos de almacenamiento de esta, en su
caso.
q) Los tratamientos a realizar en silos, almacenes, depósitos y al propio producto,
deben contar con la autorización del técnico asesor y estar bajo su control. Deberá
comprobarse a la fecha de realización de la desinfección que la materia activa se
encuentra autorizada.
r) Establecer un sistema documentado de las operaciones de limpieza y mantenimiento
en cada una de las fases del almacén o industria de primera transformación de la
Estevia en Producción Integrada.
II.11.2. PRÁCTICAS PROHIBIDAS
a) Presencia de animales en las zonas de recepción, manipulación, procesado y
almacenamiento que puedan dar lugar a contaminaciones del producto.
II.11.3. PRÁCTICAS RECOMENDADAS
a) El uso de trampas luminosas para insectos.
II.12. COMERCIALIZACIÓN
II.12.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS
a) El Organismo responsable de la certificación expedirá un documento al final de la
campaña, en el que se certificará el total de kilogramos o toneladas de Estevia que
se ha manipulado por la persona operadora y que ha cumplido con los requisitos
exigidos en la normativa referente a la Producción Integrada y comercializado con la
designación de Producción Integrada.
b) La Estevia manipulada deberá ir siempre acompañado de un documento de producto
conforme que acredite que el producto ha superado todos los controles. Este
documento incluirá como datos mínimos:
−
−
−
−
−
Cantidad de Estevia.
Código de identificación del documento de producto conforme.
Lugar de destino.
Forma de transporte.
Datos de la persona operadora, emisora y receptora. .
II.13. REGISTROS DE TRAZABILIDAD
II.13.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS
a) La persona Operadora-Transformadora-Comercializadora que se incorpore a la
Producción Integrada, deberá disponer de registros que permitan la verificación de
los aspectos contemplados en esta norma técnica.
Martes 28 de febrero de 2023
12396
p) El agua utilizada en la industria para el procesado del producto deberá proceder de la
red pública, o en caso de tener otra procedencia, deberá ser perfectamente
demostrada su potabilidad, tanto la utilizada para el contacto directo con la materia
prima, como para cualquier superficie en contacto con ésta. Se llevará a cabo
limpieza y desinfección periódica de depósitos de almacenamiento de esta, en su
caso.
q) Los tratamientos a realizar en silos, almacenes, depósitos y al propio producto,
deben contar con la autorización del técnico asesor y estar bajo su control. Deberá
comprobarse a la fecha de realización de la desinfección que la materia activa se
encuentra autorizada.
r) Establecer un sistema documentado de las operaciones de limpieza y mantenimiento
en cada una de las fases del almacén o industria de primera transformación de la
Estevia en Producción Integrada.
II.11.2. PRÁCTICAS PROHIBIDAS
a) Presencia de animales en las zonas de recepción, manipulación, procesado y
almacenamiento que puedan dar lugar a contaminaciones del producto.
II.11.3. PRÁCTICAS RECOMENDADAS
a) El uso de trampas luminosas para insectos.
II.12. COMERCIALIZACIÓN
II.12.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS
a) El Organismo responsable de la certificación expedirá un documento al final de la
campaña, en el que se certificará el total de kilogramos o toneladas de Estevia que
se ha manipulado por la persona operadora y que ha cumplido con los requisitos
exigidos en la normativa referente a la Producción Integrada y comercializado con la
designación de Producción Integrada.
b) La Estevia manipulada deberá ir siempre acompañado de un documento de producto
conforme que acredite que el producto ha superado todos los controles. Este
documento incluirá como datos mínimos:
−
−
−
−
−
Cantidad de Estevia.
Código de identificación del documento de producto conforme.
Lugar de destino.
Forma de transporte.
Datos de la persona operadora, emisora y receptora. .
II.13. REGISTROS DE TRAZABILIDAD
II.13.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS
a) La persona Operadora-Transformadora-Comercializadora que se incorpore a la
Producción Integrada, deberá disponer de registros que permitan la verificación de
los aspectos contemplados en esta norma técnica.