Servicio Extremeño De Salud. Teletrabajo. (2023060615)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Gerencia del Área de Salud de Navalmoral de la Mata, por la que se convoca el procedimiento para la autorización del desempeño de puestos de trabajo en la modalidad de prestación del servicio no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo, para el personal estatutario que presta sus servicios en el Área de Salud de Navalmoral de la Mata.
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NÚMERO 39
Lunes 27 de febrero de 2023

12237

h) E
 l certificado de convivencia de la unidad familiar en la fecha de fin de plazo de solicitud
acreditará el apartado a.4 y b del baremo.
i) El certificado de empadronamiento acreditará el apartado d del baremo.
j) La condición de que el familiar esté a cargo directo de la persona solicitante y que no
desempeñe actividad retribuida se acreditará mediante una declaración responsable incluida en el modelo de solicitud del anexo I de esta convocatoria.
Quinta. Procedimiento.
1. Finalizado el plazo de presentación y, en su caso, el de subsanación de las solicitudes, la
Dirección de Recursos Humanos de Navalmoral de la Mata una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos por los solicitantes, remitirá las solicitudes a los responsables de
las Unidades o Servicios donde presten sus servicios, al objeto de que emitan, en el plazo
de 10 días, un informe específico sobre la viabilidad del desempeño del puesto de trabajo
mediante la modalidad no presencial de teletrabajo. Igualmente deberán hacer constar el
número máximo de puestos de trabajo que en su Unidad o Servicio pueden ser susceptibles
de prestarse en dicha modalidad.
2. Recibido este informe y aplicados los criterios de selección en aquellos casos en que sea
necesario, la Gerencia de Área de Navalmoral de la Mata emitirá resolución en el plazo
máximo de tres meses a contar desde la publicación de la resolución de convocatoria en
el Diario Oficial de Extremadura. Esta resolución deberá ser notificada a los interesados.
3. T
 ranscurrido este plazo sin haberse dictado resolución expresa, deberá considerarse la
misma desestimada por silencio administrativo.
4. L
 a resolución de la Gerencia de Área de Navalmoral de la Mata autorizando o denegando el
teletrabajo, agota la vía administrativa.
5. L
 a resolución de autorización del teletrabajo determinará la fecha de inicio de este sistema
de prestación de servicios.
Sexta. Duración y distribución de la jornada.
1. L
 a duración del teletrabajo será de un año a contar desde la fecha de inicio que se hubiese
hecho constar en la resolución de autorización.
2. E
 l profesional que haya sido autorizado para el desempeño del teletrabajo deberá llevar
a cabo una prueba coordinada con el servicio de informática para el alta del entorno de
trabajo, pudiendo quedar en suspenso la autorización si se detectan deficiencias. Si trans­