Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Premios. (2023060588)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Secretaría General, de concesión de los Premios Extremadura Región Emprendedora 2022.
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NÚMERO 39

12108

Lunes 27 de febrero de 2023

El abono de los premios se realizará en un solo pago tras la emisión de la presente resolución
de concesión de los mismos, debiendo los premiados cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Para la categoría Personas Emprendedoras con Ideas Empresariales, las premiadas deberán justificar, en un plazo no superior a 6 meses desde la fecha de emisión de la presente resolución de concesión de los premios, que el importe de este ha sido destinado
a sufragar algún tipo de gasto y/o inversiones relacionadas con la puesta en marcha de
la actividad empresarial premiada. Para ello deberán aportar facturas con sus justificantes de pago, así como una breve memoria descriptiva de las actuaciones llevadas a
cabo, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 16 de la Orden de
21 de septiembre de 2022.
b) Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, en su
caso, así como a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero
que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información
le sea requerida.
c) Cualquier otra obligación prevista en la Orden de 21 de septiembre de 2022 (DOE n.º
189, de 30 de septiembre) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Región Emprendedora y en las recogidas en la Ley
6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Desestimar las candidaturas presentadas por las personas y entidades relacionadas en el anexo II, al no haber sido seleccionados como beneficiarios, conforme a la puntuación alcanzada en el procedimiento de valoración en régimen de concurrencia competitiva
llevado a cabo.
Tercero. Notificar la presente resolución de concesión mediante su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Orden de 21
de septiembre de 2022.
Contra la presente resolución, puede interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en DOE con arreglo a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que estime oportuno.
Mérida, 16 de febrero de 2023.
El Secretario General,
PD, Res. de 21 de julio de 2019
(DOE n.º 163, de 23 de agosto),
La Directora General de Empresa,
ANA MARÍA VEGA FERNÁNDEZ