Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060562)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Servicios Veterinarios Extremeños, SL, para el ciclo formativo de Grado Medio en Producción Agropecuaria y el ciclo formativo de Grado Superior en Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal del IES Nuestra Señora de Bótoa de Badajoz.
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NÚMERO 39

12096

Lunes 27 de febrero de 2023

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y SERVICIOS VETERINARIOS
EXTREMEÑOS, SL, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO EN
PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y EL CICLO FORMATIVO DE GRADO
SUPERIOR EN GANADERÍA Y ASISTENCIA EN SANIDAD ANIMAL DEL IES
NUESTRA SEÑORA DE BÓTOA DE BADAJOZ.
Mérida, 9 de febrero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Servicios Veterinarios Extremeños, SL, con CIF B06328843 y domicilio
en C/ Juan Carlos I, código postal 06176 La Morera, Badajoz, con teléfono de contacto _____
y Don José Carretero Torres como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
 ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Q
 ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación