Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060580)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Riego de 19,16 ha de viñedo polígono 69 parcela 241 y polígono 70 parcelas 66 y 69, del término municipal de Mérida", cuyo promotor es D. Luis Sánchez Porro. Expte.: IA21/1799.
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NÚMERO 38
Viernes 24 de febrero de 2023



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3.3.2 Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

El cauce arroyo del Golfín discurre a unos 108 metros al noreste de la zona de actuación
planteada, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el
DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de
julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a las zonas
de servidumbre y policía.
El agua necesaria para el riego, cuantificada en una demanda anual de 21.845,28
m3/año según la documentación aportada por el promotor, proviene de dos pozos de
sondeo.


3.3.3 Suelo.

Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada
y sus elementos auxiliares. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá
un efecto de compactación de los horizontes superficiales del suelo. Es de esperar que
estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca pendiente que presenta la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de
medidas preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico. En cuanto a la fase de explotación,
tanto el aporte de nutrientes mediante la aportación de fertilizantes y fitosanitarios
al cultivo, así como la presencia de una plantación agrícola de carácter permanente,
provocarán cambios en las características físico-químicas de los suelos a largo plazo.
Siguiendo las recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como
las normas de la condicionalidad establecidas por la Política Agraria Comunitaria, se
estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.


3.3.4 Fauna.

Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:
Sisón común (Tetrax tetrax). Catalogado “En peligro de extinción” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (Decreto 37/2001).
Cernícalo primilla (Falco naumanii) y águila perdicera (Hieraaetus fasciatus)). Catalogada “Sensible a la alteración de su hábitat”.