Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060583)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Nueva LAMT 15 (20) kV para cierre de LMT "Feria" de SE "Zafra" entre los apoyos n.º 1 y n.º 24, sito en los parajes El Purgatorio, El Peón, Sierracha y La Pericona", a realizar en el término municipal de Feria (Badajoz), cuya promotora es E-Distribución Redes Digitales, SLU. Expte.: IA21/1321.
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NÚMERO 38
Viernes 24 de febrero de 2023
11929
- El recorrido de prospección podrá adaptarse a las características del terreno y la vegetación cuando dificulten excesivamente la búsqueda.
- Para cada cadáver detectado se anotará: Fecha y hora de la observación, coordenadas, si fue localizado durante la prospección o no, nombre científico de la especie,
sexo, edad, momento aproximado de la muerte (< 12 horas, 2 días, etc.), estado del
cadáver (reciente, parcialmente descompuesto, huesos y restos, depredado), descripción general del hábitat en un radio de 50 m y una fotografía del ejemplar.
- La estima de la mortalidad real de la línea calculada en función de los datos de campo se describirá y se justificará citando bibliografía. Incluirá correcciones por tasa de
detección y tasa de desaparición de cadáveres.
- El informe anual del Programa de Vigilancia Ambiental incluirá los resultados de ese
año y los resultados agregados de todos los años de seguimiento, llevando a cabo
el análisis y la valoración de los datos obtenidos y unas conclusiones al respecto. En
base a los resultados obtenidos, se deberán proponer y asumir nuevas medidas si
fuese preciso.
Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura 2000, esta Dirección General de Sostenibilidad, a propuesta del Servicio de Prevención,
Calidad Ambiental y Cambio Climático, resuelve, de acuerdo con la evaluación de impacto
ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la Subsección 2ª de la Sección 2ª
del Capítulo VII del Título I, tras el análisis realizado con los criterios del anexo X de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que no es previsible que el proyecto de “Nueva LAMT 15(20) kV para cierre de LMT “Feria”
de S.E. “Zafra” entre los apoyos N.º 1 y N.º 24, sito en los Parajes El Purgatorio, El Peón,
Sierracha y La Pericona”, a realizar en el término municipal de Feria (Badajoz), cuyo promotor
es E-Distribución Redes Digitales, SLU, vaya a producir impactos adversos significativos sobre
el medio ambiente, por lo que no se considera necesario someter el proyecto al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
El Informe de Impacto Ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su
publicación.
Su condicionado podrá ser objeto de revisión y actualización por parte del órgano ambiental
cuando:
— Se produzca la entrada en vigor de nueva normativa que incida sustancialmente en el
cumplimiento de las condiciones fijadas en el mismo.
Viernes 24 de febrero de 2023
11929
- El recorrido de prospección podrá adaptarse a las características del terreno y la vegetación cuando dificulten excesivamente la búsqueda.
- Para cada cadáver detectado se anotará: Fecha y hora de la observación, coordenadas, si fue localizado durante la prospección o no, nombre científico de la especie,
sexo, edad, momento aproximado de la muerte (< 12 horas, 2 días, etc.), estado del
cadáver (reciente, parcialmente descompuesto, huesos y restos, depredado), descripción general del hábitat en un radio de 50 m y una fotografía del ejemplar.
- La estima de la mortalidad real de la línea calculada en función de los datos de campo se describirá y se justificará citando bibliografía. Incluirá correcciones por tasa de
detección y tasa de desaparición de cadáveres.
- El informe anual del Programa de Vigilancia Ambiental incluirá los resultados de ese
año y los resultados agregados de todos los años de seguimiento, llevando a cabo
el análisis y la valoración de los datos obtenidos y unas conclusiones al respecto. En
base a los resultados obtenidos, se deberán proponer y asumir nuevas medidas si
fuese preciso.
Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura 2000, esta Dirección General de Sostenibilidad, a propuesta del Servicio de Prevención,
Calidad Ambiental y Cambio Climático, resuelve, de acuerdo con la evaluación de impacto
ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la Subsección 2ª de la Sección 2ª
del Capítulo VII del Título I, tras el análisis realizado con los criterios del anexo X de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que no es previsible que el proyecto de “Nueva LAMT 15(20) kV para cierre de LMT “Feria”
de S.E. “Zafra” entre los apoyos N.º 1 y N.º 24, sito en los Parajes El Purgatorio, El Peón,
Sierracha y La Pericona”, a realizar en el término municipal de Feria (Badajoz), cuyo promotor
es E-Distribución Redes Digitales, SLU, vaya a producir impactos adversos significativos sobre
el medio ambiente, por lo que no se considera necesario someter el proyecto al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
El Informe de Impacto Ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su
publicación.
Su condicionado podrá ser objeto de revisión y actualización por parte del órgano ambiental
cuando:
— Se produzca la entrada en vigor de nueva normativa que incida sustancialmente en el
cumplimiento de las condiciones fijadas en el mismo.