Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050037)
Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023

11525

lativa a producción integrada en convocatoria de acogida al PDR 2014-2022 de
Extremadura.
— Para el resto de solicitantes que fueran personas físicas, la acreditación de la
formación específica requerirá estar en posesión de la titulación universitaria de
Ingeniero Técnico Agrícola, Ingeniero Agrónomo o Grado en Ingenierías Agrarias,
así como cualquier ciclo formativo de grado superior en Formación Profesional
dentro de la familia profesional agraria que esté relacionado con la gestión de Explotaciones Agrarias o su equivalente, en el caso de ser titular individual y, para el
caso de explotaciones de titularidad compartida uno de sus miembros, al menos,
deberá tener dicha formación.


— En el caso de no cumplir con alguna de las condiciones anteriores las personas
físicas y, en todo caso, las personas jurídicas, deberán contar con asesoramiento
técnico adecuado. Se considerará técnico/a asesor competente, aquel o aquella
que posea la titulación universitaria de Ingeniero/a Técnico Agrícola, Ingeniero/a
Agrónomo o Grado en Ingenierías Agrarias o ciclo formativo de grado superior en
Formación Profesional dentro de la familia profesional agraria que esté relacionado con la gestión de Explotaciones Agrarias o su equivalente Con carácter excepcional podrán entenderse como personas técnicas competentes aquellas que sean
tituladas universitarias licenciadas en Biología, Veterinaria, Ingeniería de Montes,
Ingeniería Técnica Forestal o Grado equivalente y que cuenten con la experiencia
necesaria, que deberán acreditar cuando así lo requiera esta Administración, en
la gestión de estas ayudas.



d) Realización anual de análisis de suelo y/o foliar.

1.2. En el caso de la producción integrada en cultivos leñosos, en líneas declarativas en
los que pudiera existir algún producto asociado sin norma técnica, deberán realizarse, exclusivamente, las prácticas exigidas para la norma técnica del cultivo que se
trate y, lógicamente, debe contar con esa previa certificación emitida por el órgano
competente.
1.3. En producción integrada de cultivos anuales, se permitirá la rotación total o parcial
con otros cultivos anuales y/o con barbecho. La superficie comprometida ha de estar
declarada con cultivos acogidos a Normas Técnicas de Producción Integrada e inscritos y certificados en el Registro de Operadores Productores de Producción Integrada
(ROPPI). En caso de rotación total, ésta será declarada al servicio gestor antes de la
finalización del plazo de modificación de solicitud única.