Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Ayudas. (2022040231)
Decreto 153/2022, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a colectivos vulnerables para la contratación de servicios de conexión de banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados, a través de operadores adheridos al programa de ayudas y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 36
Miércoles 22 de febrero de 2023

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En particular, es de aplicación lo previsto en sus artículos 37 y 46 en relación, respectivamen‑
te, con la afectación legal de los ingresos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y
Resiliencia, y las obligaciones de información para el seguimiento de los proyectos financiados
a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Serán también de aplicación el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se
aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla
de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vul‑
nerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Ley 19/2021,
de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital y la Ley 5/2019, de 20 de
febrero, de Renta Extremeña Garantizada.
La gestión y operativa de tramitación electrónica se ajustará en todo caso a lo establecido en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales y en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de
27 de abril de 2016.
Lo anterior, sin perjuicio de la aplicación de cualesquiera otras disposiciones tanto del derecho
nacional como de la Unión Europea que pudieran resultar de aplicación, particularmente las
que se aprueben en el ámbito de la ejecución y gestión de los fondos provenientes del Meca‑
nismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parla‑
mento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y el Plan de Recuperación, Transfor‑
mación y Resiliencia. En particular, será de aplicación lo previsto en la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, así como lo previsto en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de sep‑
tiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar
por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cum‑
plimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Artículo 3. Personas beneficiarias y requisitos.
1. P
 odrán tener la condición de beneficiarias de estas ayudas las personas o unidades fami‑
liares que sean beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital o de la Renta Extremeña Garantizada
en virtud de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo
vital y de la Ley 5/2019, de 20 de febrero, de Renta Extremeña Garantizada.