Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060479)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para la formalización de una Transferencia Específica Plurianual a la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) para la realización del Programa de I+D+I en el Área Biotecnología Aplicada a la Salud para la realización de la línea de actuación LA2 financiada con los Fondos Next Generation EU, incluida en la medida de inversión I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 35
Lunes 20 de febrero de 2023

11019

— Material fungible. Material fungible para el desarrollo de los paquetes de trabajo, tales
como discos duros de poco valor, memorias USB y material de oficina necesario para la
ejecución del proyecto.
— Movilidad y congreso. Movilidad por asistencia a congresos incluyendo la inscripción en
dichos congresos. Se ha considerado la asistencia a congresos nacionales por asistencia
y congresos internacionales por asistencia.
— Publicaciones Open. Se han previsto 3 publicaciones en revistas indexadas en JCR con
publicación en abierto con un coste unitario de 1.500 euros.
— Servicios externos. Servicios especializados para el desarrollo del proyecto. Se estiman
unas contrataciones por un importe de 3.120 euros para el desarrollo de trabajos muy
técnicos en el ámbito de la Ingeniería de Software, Ingeniería de Datos e Ingeniería del
Conocimiento.
El proyecto tendrá una duración máxima de tres años, contados a partir del 18 de noviembre
de 2021, fecha de publicación del Real Decreto 991/2021. La imputación de gastos relacionados con la ejecución de la actuación estará limitada al periodo comprendido entre el 1 de
enero de 2021 y la finalización del Programa, el 18 de noviembre de 2024, incluido.
Se considera gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la
finalización del plazo de justificación.
Para la elegibilidad y adjudicación del gasto COMPUTAEX tendrá en cuenta siempre los
principios de adicionalidad y financiación establecidos en el artículo 9 del Reglamento (UE)
2021/241, evitando la doble financiación y la confusión de costes. Para ello será necesario
llevar una contabilidad separada.
Se permitirá la redistribución del gasto entre las diferentes partidas siempre que se dirijan
a alcanzar el fin de la ayuda. En este sentido, para llevar a cabo las compensaciones entre
los distintos conceptos presupuestarios de cuantía inferior al 20% del importe total que no
afecten a los objetivos del Programa se requerirá autorización al Comité de Coordinación del
Programa, contemplado en el apartado octavo del Acuerdo del Consejo de Política Científica,
Tecnológica y de Innovación de 18 de noviembre de 2021 por el que se establece el marco
para la implementación de los Planes Complementarios. En cambio, será necesaria autorización de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo citado para cualquier compensación por
cuantía igual o superior al 20 % del importe total o que afecte a los objetivos del Programa.
En este último supuesto, se procederá a tramitar la correspondiente adenda a este convenio