Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060475)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para regular la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura (UEX) para la realización de las líneas de actuación LA4, LA5, LA8, LA9 y LA11 del Programa de I+D+I en el Área de Energía e Hidrógeno Verde financiadas con los Fondos Next Generation EU, Programa incluido en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 35
Lunes 20 de febrero de 2023
10913
3. El órgano competente para exigir el reintegro de la subvención concedida será la Secretaría
General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en el Secretario de General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad, en virtud de la Resolución de 21 de agosto de 2019 (DOE núm.163,
de 23 de agosto) del Secretario General, por el que se delegan competencias en materia
de subvenciones.
Undécima. Principio de igualdad.
UEX tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato y oportunidades y la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos del Programa a realizar con cargo a esta
ayuda. Teniendo en cuenta estos principios en todas las iniciativas, ejecución y desarrollo del
conjunto de la actuación.
Duodécima. Compatibilidad o incompatibilidad.
La ayuda es incompatible con cualesquiera otras ayudas públicas o privadas que tengan por
objeto la financiación de esta actuación.
Decimotercera. Comisión de seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital y dos representantes de UEX, designados por quienes
suscriben el presente Convenio.
Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos
por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la Sección 3ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de
empate. El ejercicio de las funciones de secretaría de la Comisión de Seguimiento corresponderá a una de las personas representantes de UEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
Lunes 20 de febrero de 2023
10913
3. El órgano competente para exigir el reintegro de la subvención concedida será la Secretaría
General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en el Secretario de General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad, en virtud de la Resolución de 21 de agosto de 2019 (DOE núm.163,
de 23 de agosto) del Secretario General, por el que se delegan competencias en materia
de subvenciones.
Undécima. Principio de igualdad.
UEX tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato y oportunidades y la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos del Programa a realizar con cargo a esta
ayuda. Teniendo en cuenta estos principios en todas las iniciativas, ejecución y desarrollo del
conjunto de la actuación.
Duodécima. Compatibilidad o incompatibilidad.
La ayuda es incompatible con cualesquiera otras ayudas públicas o privadas que tengan por
objeto la financiación de esta actuación.
Decimotercera. Comisión de seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital y dos representantes de UEX, designados por quienes
suscriben el presente Convenio.
Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos
por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la Sección 3ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de
empate. El ejercicio de las funciones de secretaría de la Comisión de Seguimiento corresponderá a una de las personas representantes de UEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.