Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060475)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para regular la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura (UEX) para la realización de las líneas de actuación LA4, LA5, LA8, LA9 y LA11 del Programa de I+D+I en el Área de Energía e Hidrógeno Verde financiadas con los Fondos Next Generation EU, Programa incluido en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 35
Lunes 20 de febrero de 2023
10910
dores, mediante la publicación de sus correspondientes bases reguladoras en el DOE,
en Página Web de UEX (https://www.unex.es) y en la Sede social de UEX (Av. de Elvas,
s/n, 06006 Badajoz, España).
— Selección, resolución de los candidatos y formalización de los contratos.
— Copia acreditada de los contratos de trabajo suscritos entre UEX y los investigadores
contratados.
— Publicación del equipamiento en el perfil del contratante, licitaciones de equipos y equipamientos e informe de inventario.
— Informe de necesidad de otros gastos.
Los hitos/objetivos se establecerán conforme a estos criterios preestablecidos, sin perjuicio de que puedan ser modificados para introducir mejoras en el control y seguimiento del
Programa, previa aprobación por parte de la Comisión de Seguimiento de este Convenio y a
propuesta de cualquiera de las partes. Concretamente, los hitos/objetivos asociados al subproyecto para la gestión y seguimiento interno, serán verificables, auditables y que permitan
medir el impacto del proyecto.
Novena. Justificación.
1. Previo a los sucesivos abonos, conforme se establecen en la cláusula quinta del presente convenio,
el beneficiario deberá presentar los informes anuales de justificación de los hitos/objetivos asociados al seguimiento interno conforme se establecen en la cláusula octava del mismo. Toda esta
información se cumplimentará en la plataforma ayudaspri, para su revisión por el órgano gestor.
2. U
na vez finalizado el programa, en la justificación final deberá aportar, además de los hitos
y objetivos e indicadores asociados al informe final, la siguiente documentación:
a) Memoria técnica descriptiva de las actividades realizadas.
b) Relación detallada de gastos y pagos realizados con los fondos percibidos.
c) Certificación del interventor o, en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad sobre la trazabilidad del gasto. En cuanto a
la trazabilidad del gasto, UEX deberá procurar la concatenación o interconexión entre
los datos que figuran en los documentos justificativos del expediente de acuerdo con la
naturaleza y características de los mismos, de forma que permitan vincular de forma
Lunes 20 de febrero de 2023
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dores, mediante la publicación de sus correspondientes bases reguladoras en el DOE,
en Página Web de UEX (https://www.unex.es) y en la Sede social de UEX (Av. de Elvas,
s/n, 06006 Badajoz, España).
— Selección, resolución de los candidatos y formalización de los contratos.
— Copia acreditada de los contratos de trabajo suscritos entre UEX y los investigadores
contratados.
— Publicación del equipamiento en el perfil del contratante, licitaciones de equipos y equipamientos e informe de inventario.
— Informe de necesidad de otros gastos.
Los hitos/objetivos se establecerán conforme a estos criterios preestablecidos, sin perjuicio de que puedan ser modificados para introducir mejoras en el control y seguimiento del
Programa, previa aprobación por parte de la Comisión de Seguimiento de este Convenio y a
propuesta de cualquiera de las partes. Concretamente, los hitos/objetivos asociados al subproyecto para la gestión y seguimiento interno, serán verificables, auditables y que permitan
medir el impacto del proyecto.
Novena. Justificación.
1. Previo a los sucesivos abonos, conforme se establecen en la cláusula quinta del presente convenio,
el beneficiario deberá presentar los informes anuales de justificación de los hitos/objetivos asociados al seguimiento interno conforme se establecen en la cláusula octava del mismo. Toda esta
información se cumplimentará en la plataforma ayudaspri, para su revisión por el órgano gestor.
2. U
na vez finalizado el programa, en la justificación final deberá aportar, además de los hitos
y objetivos e indicadores asociados al informe final, la siguiente documentación:
a) Memoria técnica descriptiva de las actividades realizadas.
b) Relación detallada de gastos y pagos realizados con los fondos percibidos.
c) Certificación del interventor o, en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad sobre la trazabilidad del gasto. En cuanto a
la trazabilidad del gasto, UEX deberá procurar la concatenación o interconexión entre
los datos que figuran en los documentos justificativos del expediente de acuerdo con la
naturaleza y características de los mismos, de forma que permitan vincular de forma