Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060475)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para regular la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura (UEX) para la realización de las líneas de actuación LA4, LA5, LA8, LA9 y LA11 del Programa de I+D+I en el Área de Energía e Hidrógeno Verde financiadas con los Fondos Next Generation EU, Programa incluido en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 35
Lunes 20 de febrero de 2023
10904
sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de acuerdo
con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
f) En relación con aquellas actuaciones que se subcontraten, habrán de preverse mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio “no causar un
perjuicio significativo”.
2. O
bligaciones vinculadas a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea.
a) Deberá remitir periódicamente, con la periodicidad, procedimiento y formato, y con
referencia a las fechas contables que establezca la autoridad responsable del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, información sobre el seguimiento de la ejecución
contable de los gastos imputados a proyectos o iniciativas del Plan de Recuperación,
Resiliencia y Transformación de España, con la debida identificación de dichos proyectos
o iniciativas a través del código de referencia único del programa o mecanismo de la
Unión Europea, y de la entidad u organismo a que correspondan. La información se emitirá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre y las Órdenes Ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29
de septiembre.
b) Será responsable de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las inversiones indicadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de
cada inversión y de los hitos y objetivos que se hayan establecido al respecto.
c) Deberá establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las inversiones previstas y que dichos terceros aporten la
información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores
de seguimiento del PRTR.
d) Se obligará al aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente y de la adopción
de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación. En cuanto a la regularidad
del gasto, deberá cumplirse la normativa sobre Ayudas de Estado en general y, en
particular, respecto a los controles que se han aplicar para garantizar que el diseño de
inversiones cumple dicha normativa en las medidas en las que vayan a participar varias
administraciones públicas, en cuyo caso se debe tener especial cuidado con las reglas
de acumulación de ayudas y las de incompatibilidad entre ayudas de la Unión, así como
con las intensidades máximas, procurando que las categorías de ayudas, no sean concurrentes sino complementarias y que no financien el mismo gasto.
Lunes 20 de febrero de 2023
10904
sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de acuerdo
con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
f) En relación con aquellas actuaciones que se subcontraten, habrán de preverse mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio “no causar un
perjuicio significativo”.
2. O
bligaciones vinculadas a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea.
a) Deberá remitir periódicamente, con la periodicidad, procedimiento y formato, y con
referencia a las fechas contables que establezca la autoridad responsable del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, información sobre el seguimiento de la ejecución
contable de los gastos imputados a proyectos o iniciativas del Plan de Recuperación,
Resiliencia y Transformación de España, con la debida identificación de dichos proyectos
o iniciativas a través del código de referencia único del programa o mecanismo de la
Unión Europea, y de la entidad u organismo a que correspondan. La información se emitirá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre y las Órdenes Ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29
de septiembre.
b) Será responsable de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las inversiones indicadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de
cada inversión y de los hitos y objetivos que se hayan establecido al respecto.
c) Deberá establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las inversiones previstas y que dichos terceros aporten la
información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores
de seguimiento del PRTR.
d) Se obligará al aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente y de la adopción
de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación. En cuanto a la regularidad
del gasto, deberá cumplirse la normativa sobre Ayudas de Estado en general y, en
particular, respecto a los controles que se han aplicar para garantizar que el diseño de
inversiones cumple dicha normativa en las medidas en las que vayan a participar varias
administraciones públicas, en cuyo caso se debe tener especial cuidado con las reglas
de acumulación de ayudas y las de incompatibilidad entre ayudas de la Unión, así como
con las intensidades máximas, procurando que las categorías de ayudas, no sean concurrentes sino complementarias y que no financien el mismo gasto.