Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060477)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura (UEX) para la realización de las líneas de actuación LA2 y LA6 del Programa de I+D+I en el Área de Biodiversidad, financiadas con los Fondos Next Generation EU, programa incluido en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 35
Lunes 20 de febrero de 2023
10979
d) La imputación de otros gastos está limitada a gastos no recurrentes y estrictamente
relacionados con la ejecución de los Programas que no se corresponden a costes de personal y equipamiento incluyendo, entre otros, costes de fungible y subcontrataciones
hasta el límite permitido por la Ley General de Subvenciones.
e) Se podrán imputar costes indirectos hasta un quince por ciento (15%) de la suma de los
costes directos debidamente justificados.
f) No se podrán imputar costes financieros ni impuestos indirectos, tales como el Impuesto
sobre el Valor Añadido.
g) No se financiarán gastos presupuestarios ordinarios y recurrentes. Todos los gastos
deberán responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad de I+D+I seleccionada para su financiación por el MRR, que en todo caso y circunstancias deberán
contribuir a los hitos y objetivos de la medida.
Quinta. Pago.
1. Los gastos relacionados con la ejecución de las líneas de actuaciones podrán realizarse
desde el 1 de enero de 2021 hasta el 22 de abril de 2025 incluido y los pagos se harán
efectivos de la siguiente forma:
— Un primer pago por un importe de 1.380.000 € a partir de la firma del convenio.
Previamente al primer pago será necesaria la presentación por parte de la UEX de las
declaraciones responsables del anexo I de esta concesión, firmadas por el responsable
de la institución.
— Un segundo pago, por importe 1.667.640 €, en la anualidad 2023, una vez justificada la
ayuda conforme a lo dispuesto en la cláusula novena del presente convenio.
— En las dos siguientes anualidades, 2024 y 2025, se realizará un pago de 150.000 € en
cada una de ellas, una vez justificada la ayuda conforme a lo dispuesto en la cláusula
novena del presente convenio.
2. En relación con el régimen de pagos, la UEX queda exenta del régimen de garantías para
recibir pagos anticipados, conforme al apartado c) de la Disposición Adicional Cuarta de la
Ley 5/2007, de 19 abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Lunes 20 de febrero de 2023
10979
d) La imputación de otros gastos está limitada a gastos no recurrentes y estrictamente
relacionados con la ejecución de los Programas que no se corresponden a costes de personal y equipamiento incluyendo, entre otros, costes de fungible y subcontrataciones
hasta el límite permitido por la Ley General de Subvenciones.
e) Se podrán imputar costes indirectos hasta un quince por ciento (15%) de la suma de los
costes directos debidamente justificados.
f) No se podrán imputar costes financieros ni impuestos indirectos, tales como el Impuesto
sobre el Valor Añadido.
g) No se financiarán gastos presupuestarios ordinarios y recurrentes. Todos los gastos
deberán responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad de I+D+I seleccionada para su financiación por el MRR, que en todo caso y circunstancias deberán
contribuir a los hitos y objetivos de la medida.
Quinta. Pago.
1. Los gastos relacionados con la ejecución de las líneas de actuaciones podrán realizarse
desde el 1 de enero de 2021 hasta el 22 de abril de 2025 incluido y los pagos se harán
efectivos de la siguiente forma:
— Un primer pago por un importe de 1.380.000 € a partir de la firma del convenio.
Previamente al primer pago será necesaria la presentación por parte de la UEX de las
declaraciones responsables del anexo I de esta concesión, firmadas por el responsable
de la institución.
— Un segundo pago, por importe 1.667.640 €, en la anualidad 2023, una vez justificada la
ayuda conforme a lo dispuesto en la cláusula novena del presente convenio.
— En las dos siguientes anualidades, 2024 y 2025, se realizará un pago de 150.000 € en
cada una de ellas, una vez justificada la ayuda conforme a lo dispuesto en la cláusula
novena del presente convenio.
2. En relación con el régimen de pagos, la UEX queda exenta del régimen de garantías para
recibir pagos anticipados, conforme al apartado c) de la Disposición Adicional Cuarta de la
Ley 5/2007, de 19 abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.