Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060476)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura (UEX) para la realización de la línea de actuación LA1 del Programa de I+D+I en el Área Biotecnología Aplicada a la Salud financiada con los Fondos Next Generation EU, incluida en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 35
Lunes 20 de febrero de 2023
10938
Asímismo, las Órdenes HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público
Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de
ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del PRTR, y el resto
de normativa que resulte de aplicación.
Octavo. Por otra parte, el artículo 22.4 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que podrán concederse de forma directa, sin convocatoria previa: “Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se
acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente
justificadas que dificulten su convocatoria pública”.
Así mismo, en el artículo 32 de la mencionada ley de Subvenciones se dispone que:
“1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4.c de esta ley, se considerarán supuestos excepcionales de concesión directa los siguientes: a) Cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea
posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o
entidades privadas sin fines de lucro.
…
2. La concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento
de los requisitos que justifican su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente de la Consejería.
El Convenio o la resolución deberá recoger, como mínimo, los siguientes extremos: definición del objeto de las subvenciones, con indicación del carácter singular de las mismas, del
procedimiento de concesión directa y las razones que acrediten el interés público, social,
económico o humanitario y aquellas que justifican la dificultad de su convocatoria pública,
además del régimen jurídico aplicable a las mismas, la determinación de los beneficiarios,
modalidades de ayuda, procedimiento de concesión y régimen de justificación y pago.”
Noveno. La UEX ha presentado solicitud de la ayuda en la que, junto a la exposición de la
actuación y el desglose de gastos financiados con MRR, aporta declaraciones responsables
del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lunes 20 de febrero de 2023
10938
Asímismo, las Órdenes HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público
Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de
ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del PRTR, y el resto
de normativa que resulte de aplicación.
Octavo. Por otra parte, el artículo 22.4 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que podrán concederse de forma directa, sin convocatoria previa: “Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se
acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente
justificadas que dificulten su convocatoria pública”.
Así mismo, en el artículo 32 de la mencionada ley de Subvenciones se dispone que:
“1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4.c de esta ley, se considerarán supuestos excepcionales de concesión directa los siguientes: a) Cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea
posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o
entidades privadas sin fines de lucro.
…
2. La concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento
de los requisitos que justifican su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente de la Consejería.
El Convenio o la resolución deberá recoger, como mínimo, los siguientes extremos: definición del objeto de las subvenciones, con indicación del carácter singular de las mismas, del
procedimiento de concesión directa y las razones que acrediten el interés público, social,
económico o humanitario y aquellas que justifican la dificultad de su convocatoria pública,
además del régimen jurídico aplicable a las mismas, la determinación de los beneficiarios,
modalidades de ayuda, procedimiento de concesión y régimen de justificación y pago.”
Noveno. La UEX ha presentado solicitud de la ayuda en la que, junto a la exposición de la
actuación y el desglose de gastos financiados con MRR, aporta declaraciones responsables
del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.