Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060476)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura (UEX) para la realización de la línea de actuación LA1 del Programa de I+D+I en el Área Biotecnología Aplicada a la Salud financiada con los Fondos Next Generation EU, incluida en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 35
10958
Lunes 20 de febrero de 2023
Decimosexta. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio se establece al amparo del artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4, en relación con el artículo 6 de dicho texto
legal. En consecuencia, se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa en él, por la citada
Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho administrativo
que le sean de aplicación. No obstante, el procedimiento y los requisitos para la formalización
de los contratos a celebrar por la entidad beneficiaria para la ejecución de las actuaciones,
deberán estar sujeto a la aplicación estricta de la Ley de Contratos del Sector Público.
Así mismo, le será de aplicación la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública
de Extremadura.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas
de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en
la cláusula décimo tercera de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, en el lugar y fecha
señalados en el encabezamiento.
El Secretario General
PD, Resolución de 21 de agosto de 2019
(DOE n.º 163, de 23 de agosto)
El Secretario General de Ciencia, Tecnología,
Innovación y Universidad
JESÚS ALONSO SÁNCHEZ
Rector Magnífico de la
Universidad de Extremadura
ANTONIO HIDALGO GARCÍA
10958
Lunes 20 de febrero de 2023
Decimosexta. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio se establece al amparo del artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4, en relación con el artículo 6 de dicho texto
legal. En consecuencia, se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa en él, por la citada
Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho administrativo
que le sean de aplicación. No obstante, el procedimiento y los requisitos para la formalización
de los contratos a celebrar por la entidad beneficiaria para la ejecución de las actuaciones,
deberán estar sujeto a la aplicación estricta de la Ley de Contratos del Sector Público.
Así mismo, le será de aplicación la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública
de Extremadura.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas
de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en
la cláusula décimo tercera de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, en el lugar y fecha
señalados en el encabezamiento.
El Secretario General
PD, Resolución de 21 de agosto de 2019
(DOE n.º 163, de 23 de agosto)
El Secretario General de Ciencia, Tecnología,
Innovación y Universidad
JESÚS ALONSO SÁNCHEZ
Rector Magnífico de la
Universidad de Extremadura
ANTONIO HIDALGO GARCÍA