Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Pymes. Relevo Generacional. (2023080306)
Anuncio de 10 de febrero de 2023 por el que se da publicidad a la concesión de subvenciones destinadas a promover la continuidad de las pymes en Extremadura mediante la planificación de procesos de relevo empresarial en el año 2022.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 35
Lunes 20 de febrero de 2023

11108

ANUNCIO de 10 de febrero de 2023 por el que se da publicidad a la concesión
de subvenciones destinadas a promover la continuidad de las pymes en
Extremadura mediante la planificación de procesos de relevo empresarial en
el año 2022. (2023080306)
El Decreto 49/2017, de 18 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas destinadas a promover la continuidad de las pymes en Extremadura mediante la
planificación de procesos de relevo empresarial (DOE núm. 78, de 25 de abril), tiene como
finalidad la financiación de los gastos derivados de la elaboración de un protocolo de empresa
familiar junto con un plan de continuidad, o a través de la elaboración de un plan de relevo
externo, cuando el relevo se pretenda realizar a trabajadores de la empresa subvencionada.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de concesión directa mediante
convocatoria abierta.
En cumplimiento de lo establecido en las bases reguladoras, el día 12 de mayo de 2022
se publicó en el Diario Oficial de Extremadura la Resolución de 27 de abril de 2022 por la
que se convocan las subvenciones destinadas a promover la continuidad de las pymes de
Extremadura mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial con una dotación
económica de 300.000 euros, desglosándose 150.000 euros a la anualidad 2022 y 150.000
euros a la anualidad 2023.
La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
establece en su artículo 17.1 que los órganos administrativos concedentes publicarán en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las
subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario
al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y
de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación
y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.
Igualmente, el artículo 20 de la misma ley, en su párrafo segundo señala que se publicarán
en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las subvenciones
concedidas a que se refiere el artículo 17.1.
Por todo ello, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a las pymes
extremeñas que se relacionan en el anexo, a través de la planificación del relevo empresarial,
bien mediante la elaboración del protocolo de empresa familiar y de un plan de continuidad,
o a través de la elaboración de un plan de relevo externo, cuando el relevo se pretenda
realizar a trabajadores de la empresa, en la anualidad 2022, con indicación de la convocatoria,
aplicación presupuestaria y proyecto de gasto de imputación, beneficiario, finalidad de la
subvención, coste total del programa financiado y cantidad concedida.