Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060447)
Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Cáceres y Badajoz para la realización del Programa Asistencial de Mantenimiento con Metadona en Extremadura.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 34
Viernes 17 de febrero de 2023

10539

4.2. D
 erivación y admisión de pacientes en Extremadura.


En Extremadura las y los profesionales de los centros de tratamiento ambulatorio de
conductas adictivas del Servicio Extremeño de Salud (ECAs) serán los que deriven a
las oficinas de farmacia correspondientes, a aquellos pacientes del Programa Asistencial de Mantenimiento con Metadona del Servicio Extremeño de Salud que consideren,
según los criterios del mismo. En el caso de las personas privadas de libertad, la atención de los pacientes se realiza en el propio centro penitenciario.



La prescripción de las dosis se hará a través del programa JARA Asistencial del SES con
receta electrónica. Excepcionalmente, se utilizará la Orden de prescripción detallada
según modelo I de este programa, para aquellos casos en que las dosis prescritas
sean variables, indicando solo la dosis total en la receta electrónica.



Cada ECA tendrá a su disposición el listado actualizado de oficinas de farmacias adheridas al convenio a las cuales podrán ser derivadas las y los pacientes. Antes de
la derivación y tras la información suministrada por el facultativo del ECA, el/la paciente deberá aceptar y firmar un compromiso de derivación según modelo II de este
programa.

5. E
 laboración y Distribución de Metadona por los Colegios Oficiales de Farmacéuticos.
Los laboratorios prepararán las soluciones según el Procedimiento de Elaboración y Control de Solución de Metadona Clorhidrato al 0,4% (4mg /ml) descritas en el Formulario
Nacional.
Los centros asistenciales solicitarán a los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Cáceres
y Badajoz, según proceda, la cantidad total de solución de clorhidrato de metadona en
función de las necesidades que se vayan produciendo y, en cualquier caso, con una periodicidad mínima semanal. La solicitud se realizará conforme al modelo III de este programa.
La persona referente de farmacia que ha sido designada para el programa por los Colegios
Oficiales de farmacéuticos será la encargada de recepcionar, registrar y preparar las cantidades totales de solución de clorhidrato de metadona, y proceder a su posterior envío a
cada centro.
Los Colegios Oficiales de farmacéuticos, así mismo, tomarán las medidas necesarias para
garantizar que el transporte y distribución de la metadona a los centros asistenciales se
realice con la vigilancia y en los vehículos de transporte adecuados, garantizando la calidad
de la metadona y manteniendo las condiciones de conservación en todo momento hasta
que sea entregada al centro.