Consejería De Educación Y Empleo. Colaboración Económica Municipal. (2023060538)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 25 de enero de 2023, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo 2023.
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NÚMERO 34
Viernes 17 de febrero de 2023
10708
Segundo. Régimen Jurídico.
1. El Programa de Colaboración Económica Municipal para el Empleo que se concreta en el
presente acuerdo, se articula a partir del reconocimiento competencial que se realiza en la
Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal, y en concreto la previsión expresa que en materia de competencias propias municipales establece el artículo
15.1 C) 4ª, según el cual, las entidades locales pueden llevar a cabo políticas de fomento
o planes locales de empleo.
2. L
a gestión y administración de los fondos se regirá por lo establecido en el presente acuerdo y se efectuará conforme a la normativa económico-financiera de la Comunidad Autónoma que regule cada tipo de gasto y, particularmente, de acuerdo con lo establecido en la
Ley de Presupuestos Generales para la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 y
en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y las normas
e instrucciones que la desarrollen.
Tercero. Criterios objetivos de distribución de los créditos y cuantía del Programa de
Colaboración Económica Municipal de Empleo.
1. E
n el Consejo de Política Local se ha determinado que, durante 2023 en la cantidad a transferir a cada entidad local deberá tomarse como referencia la cantidad asignada a cada Entidad Local y recogida en el Anexo de Distribución de Fondos del Decreto 13/2021, de 17 de
marzo, por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del
Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo de la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022,
ajustadas a las disponibilidades presupuestarias recogidas en los Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 y redondeadas las cantidades a la
decena de euro.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la ley de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023, el Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo tiene la siguiente dotación económica global que asciende a
49.064.000 € con el siguiente desglose:
— 37.064.000,00 euros se financiarán con fondos CA, con cargo al crédito presupuestario
1308 242A 460, proyecto 20230046 "Programa de Colaboración Económico Municipal de
Empleo (CA-2023); en caso de falta de recursos disponibles de CA el programa podrá
financiarse con otras fuentes de financiación (TE).
— 12.000.000 euros se financiarán con fondos TA, con cargo al crédito presupuestario
1308 242A 460, proyecto 20230045 " Programa de Colaboración Económico Municipal
de Empleo 2023 (TA)".
Viernes 17 de febrero de 2023
10708
Segundo. Régimen Jurídico.
1. El Programa de Colaboración Económica Municipal para el Empleo que se concreta en el
presente acuerdo, se articula a partir del reconocimiento competencial que se realiza en la
Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal, y en concreto la previsión expresa que en materia de competencias propias municipales establece el artículo
15.1 C) 4ª, según el cual, las entidades locales pueden llevar a cabo políticas de fomento
o planes locales de empleo.
2. L
a gestión y administración de los fondos se regirá por lo establecido en el presente acuerdo y se efectuará conforme a la normativa económico-financiera de la Comunidad Autónoma que regule cada tipo de gasto y, particularmente, de acuerdo con lo establecido en la
Ley de Presupuestos Generales para la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 y
en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y las normas
e instrucciones que la desarrollen.
Tercero. Criterios objetivos de distribución de los créditos y cuantía del Programa de
Colaboración Económica Municipal de Empleo.
1. E
n el Consejo de Política Local se ha determinado que, durante 2023 en la cantidad a transferir a cada entidad local deberá tomarse como referencia la cantidad asignada a cada Entidad Local y recogida en el Anexo de Distribución de Fondos del Decreto 13/2021, de 17 de
marzo, por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del
Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo de la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022,
ajustadas a las disponibilidades presupuestarias recogidas en los Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 y redondeadas las cantidades a la
decena de euro.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la ley de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023, el Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo tiene la siguiente dotación económica global que asciende a
49.064.000 € con el siguiente desglose:
— 37.064.000,00 euros se financiarán con fondos CA, con cargo al crédito presupuestario
1308 242A 460, proyecto 20230046 "Programa de Colaboración Económico Municipal de
Empleo (CA-2023); en caso de falta de recursos disponibles de CA el programa podrá
financiarse con otras fuentes de financiación (TE).
— 12.000.000 euros se financiarán con fondos TA, con cargo al crédito presupuestario
1308 242A 460, proyecto 20230045 " Programa de Colaboración Económico Municipal
de Empleo 2023 (TA)".