Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Información Pública. (2023060525)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura de un periodo de audiencia e información pública con relación al Decreto-ley 7/2022, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Decreto-ley 3/2022, de 31 de agosto, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) a agricultores y pymes en respuesta a las especiales repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.
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NÚMERO 34

10778

Viernes 17 de febrero de 2023

RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que
se acuerda la apertura de un periodo de audiencia e información pública con
relación al Decreto-ley 7/2022, de 30 de diciembre, por el que se modifica el
Decreto-ley 3/2022, de 31 de agosto, por el que se regulan ayudas temporales
excepcionales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER) a agricultores y pymes en respuesta a las especiales repercusiones
de la invasión de Ucrania por parte de Rusia. (2023060525)
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65.1 y 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y una
vez elaborado y publicado el Decreto-ley 7/2022, de 30 de diciembre, por el que se modifica
el Decreto-ley 3/2022, de 31 de agosto, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) a agricultores
y pymes en respuesta a las especiales repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de
Rusia, y con carácter previo a su convalidación, si procede, por la Asamblea de Extremadura,
esta Secretaria General,
RESUELVE:
Primero. Acordar la apertura de un periodo de audiencia e información pública por un plazo
de 7 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente resolución
en el Diario oficial de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el Decreto-ley indicado y formular alegaciones o sugerencias que estime oportunas. El
sometimiento al trámite abreviado viene justificado por la naturaleza de la norma.
Segundo. El horario y lugar de exposición del Decreto-ley será, durante los días señalados,
de 9:00 a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, sita en Avd. Luis Ramallo, s/n en la localidad de Mérida (Badajoz). Para ello será necesario
cita previa en el correo electrónico indicado.
El Decreto-ley se ha publicado en el DOE n.º 32, de 15 de febrero de 2023 y también está a
disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, Sección de Participación Ciudadana, Proyectos normativos, en la siguiente dirección:
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/plazo-medio-ambiente-y-rural-politicas-agrarias-y-territorio

Tercero. Las alegaciones o sugerencias podrán presentarse por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de la siguiente dirección de correo
electrónico: producción.agraria@juntaex.es.
Mérida, 15 de febrero de 2023. La Secretaria General, MARÍA CURIEL MUÑOZ.
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