Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060474)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 1 modificativa del Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la construcción de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el Parque Industrial de Expacionavalmoral.
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NÚMERO 34
Viernes 17 de febrero de 2023

10581

ADENDA N.º 1 MODIFICATIVA DEL CONVENIO ENTRE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE EXTREMADURA Y LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL
ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA TERMINAL FERROVIARIA DE MERCANCÍAS
INTERMODAL EN EL PARQUE INDUSTRIAL DE EXPACIONAVALMORAL.
Madrid y Mérida, 7 de febrero de 2023.
REUNIDAS
De una parte, D.ª Leire Iglesias Santiago, Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, en
virtud del Decreto del Presidente 22/2019, de 1 de julio, en nombre y representación de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de fecha 28 de julio de 2022 y,
De otra parte, D.ª María Luisa Domínguez González, Presidenta de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), con NIF Q-2801660H, en virtud
del Decreto 670/2021, de 27 de julio, actuando en nombre y representación de ADIF en el
ejercicio de las facultades que tiene conferidas por el artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto
de ADIF.
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria
para la celebración de la presente adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Con fecha 9 de junio de 2021, las partes suscribieron el Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la entidad pública empresarial ADIF para la construcción
de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el parque industrial de Expacionavalmoral.
Segundo. Que si bien este convenio suscrito entre la Comunidad Autónoma de Extremadura
y la entidad pública empresarial ADIF, establecía en su cláusula sexta (Vigencia y duración),
un plazo de vigencia máximo de treinta y seis meses, ampliable un año más mediante prorroga, sin perjuicio de que las obras puedan acabar antes y, en consecuencia, pueda darse por
finalizado el compromiso plasmado en este documento, la Comisión de Seguimiento, en su
reunión de fecha 21 de abril de 2022, acordó proponer la modificación de la citada cláusula
para establecer la vigencia máxima del convenio hasta el 31 de agosto de 2023, ampliable
mediante prórroga por cuatro meses adicionales.