Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2023060471)
Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Jarvis Solar, SL, para la instalación fotovoltaica "El Acoto", ubicada en el término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/06/20.
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NÚMERO 33
10450
Jueves 16 de febrero de 2023
Tramo 1 aéreo: de simple circuito compuesto de 16 apoyos de celosía y 2.950 metros de conductor LA-78, para la evacuación de la planta fotovoltaica “El Acoto”.
Tramo 2 aéreo: de doble circuito compuesto de 25 apoyos de celosía y 4.480 metros
de conductor LA-78, para la evacuación conjunta de “El Acoto” y “Los Castuos”.
Recorrido total de la línea: Polígono 8 parcelas 1, 14, 16, 19, 9016, 50019, 20019, 20,
21, 22, 25, 27, 67, 9013 y 28, polígono 7 parcelas 9001, 89, 88, 9011 y 91, polígono
15 parcela 5012 del término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres) y polígono 16
parcelas 5001, 9002, 5002, 9001, 5004, 5008, 5012, 9006, 5013 y 5011 del término
municipal de Cáceres.
Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 1.771.921,00 €.
Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia
municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad
con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 8 de febrero de 2023.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ
10450
Jueves 16 de febrero de 2023
Tramo 1 aéreo: de simple circuito compuesto de 16 apoyos de celosía y 2.950 metros de conductor LA-78, para la evacuación de la planta fotovoltaica “El Acoto”.
Tramo 2 aéreo: de doble circuito compuesto de 25 apoyos de celosía y 4.480 metros
de conductor LA-78, para la evacuación conjunta de “El Acoto” y “Los Castuos”.
Recorrido total de la línea: Polígono 8 parcelas 1, 14, 16, 19, 9016, 50019, 20019, 20,
21, 22, 25, 27, 67, 9013 y 28, polígono 7 parcelas 9001, 89, 88, 9011 y 91, polígono
15 parcela 5012 del término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres) y polígono 16
parcelas 5001, 9002, 5002, 9001, 5004, 5008, 5012, 9006, 5013 y 5011 del término
municipal de Cáceres.
Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 1.771.921,00 €.
Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia
municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad
con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 8 de febrero de 2023.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ