Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2023060471)
Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Jarvis Solar, SL, para la instalación fotovoltaica "El Acoto", ubicada en el término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/06/20.
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NÚMERO 33
Jueves 16 de febrero de 2023

10448

Posteriormente, con fecha de 20 de enero de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad
emite comunicado en el que se indica que de los ajustes referidos en el antecedente de hecho tercero, planteados en la línea de evacuación, no van a derivarse efectos ambientales
distintos a los ya evaluados en el curso de la tramitación del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental del proyecto, razón por la cual resulta innecesario someter a evaluación de
impacto ambiental dichas actuaciones.
Quinto. Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 27 de enero de
2023, D. Pedro Pablo Andrada Daza, en nombre y representación de la sociedad Jarvis Solar,
SL, completó la documentación necesaria para la obtención de la autorización administrativa
previa de la instalación de referencia.
A estos antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía, modificado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la Comunidad Autónoma de
Extremadura tiene competencias exclusivas en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio, incluida
la eléctrica cuando el aprovechamiento de ésta no afecte a otras Comunidades Autónomas.
En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto del Presidente
41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece su estructura orgánica básica, y el Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, corresponde a la Dirección General de Industria, Energía y Minas todas las funciones
relacionadas con la dirección de las políticas de industria, energía y minas.
Por tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.2 del Decreto 221/2012, de 9 de noviembre, la competencia para adoptar la presente resolución corresponde a la Dirección General
de Industria, Energía y Minas.
Segundo. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación, transporte y
distribución de energía eléctrica están sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo.
Asimismo de conformidad con lo establecido en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, una vez concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones