Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. Honores Y Distinciones. (2023040036)
Decreto 10/2023, de 10 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a la Medalla al Mérito en protección civil y Mención de honor por colaboraciones especiales en situación de emergencia de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su procedimiento de concesión.
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NÚMERO 33

10287

Jueves 16 de febrero de 2023

en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del Tratamiento. Ley 10/2019, de 11 de abril, de
protección civil y gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común da las Administraciones. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Normas específicas según la materia.
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar
las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de
aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Los datos económicos de esta actividad de
tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:
Podrán ser comunicados a:
Otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado cuando
así lo prevea una norma de derecho de la Unión Europea o una ley nacional, que determine las cesiones como
consecuencia del cumplimiento de una obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado,
salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD. Cualquier cesión de datos no incluida en los supuestos
indicados anteriormente, requerirá del previo consentimiento por parte del interesado al organismo u órgano de la
Administración Pública que solicite la cesión de los datos por precisarlos para el ejercicio de sus competencias.
Transferencias internacionales de datos:
No están previstas transferencias internacionales de datos.
Sus derechos en relación con el tratamiento de datos:
Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación sobre la existencia de un tratamiento de sus datos, a acceder
a sus datos personales, solicitar la rectificación de los datos que sean inexactos o, en su caso, solicitar la supresión,
cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos o el
interesado retire el consentimiento otorgado.
En determinados supuestos el interesado podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso sólo
los conservaremos de acuerdo con la normativa vigente.
En determinados supuestos puede ejercitar su derecho a la portabilidad de los datos, que serán entregados en un
formato estructurado, de uso común o lectura mecánica a usted o al nuevo responsable de tratamiento que designe.
Tiene derecho a revocar en cualquier momento el consentimiento para cualquiera de los tratamientos para los que lo
ha otorgado.
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio dispone de formularios para el ejercicio de
derechos que pueden ser solicitados en: http://www.juntaex.es/con03/tratamiento-de-datos-de-caracter-personal o
utilizar los elaborados por la Agencia Española de Protección de Datos o terceros. Estos formularios deberán ir
firmados electrónicamente o ser acompañados de fotocopia del DNI. Si se actúa por medio de representante, de la
misma manera, deberá ir acompañado de copia de su DNI o con firma electrónica.
Los formularios deberán ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema de
Administración electrónica o remitidos por correo postal o electrónico en las direcciones que aparecen en el apartado
“Responsable”.
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el supuesto que
considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos.
El plazo máximo para resolver es el de un mes a contar desde la recepción de su solicitud, pudiendo ser prorrogado
dos meses más atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad de ésta.
En el caso de producirse alguna modificación de sus datos, le agradecemos nos lo comunique debidamente por escrito
con la finalidad de mantener sus datos actualizados.

A LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMERGENCIAS, PROTECCIÓN CIVIL E INTERIOR

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