Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060417)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Ayuntamiento de Olivenza, para los ciclos formativos de Grado Medio en Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural y de Grado Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural del EFA Guadaljucén de Mérida.
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NÚMERO 32
Miércoles 15 de febrero de 2023

10139

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y AYUNTAMIENTO DE
OLIVENZA, PARA LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO EN
APROVECHAMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL Y DE GRADO
SUPERIOR EN GESTIÓN FORESTAL Y DEL MEDIO NATURAL DEL EFA
GUADALJUCÉN DE MÉRIDA.
Mérida, 2 de febrero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Dña. María Esther Gutiérrez Morán, Consejera de Educación y
Empleo de la Junta de Extremadura, en representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud del Decreto del Presidente 21/2019, de 1 de julio (DOE núm. 126, de
2 de julio), y en el ejercicio de las atribuciones que le han sido conferidas por el Decreto del
Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 126, de 2 de julio), y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, el Ayuntamiento de Olivenza, con CIF P0609500D y domicilio en Plaza de la Constitución, s/n, código postal 06100 Olivenza, Badajoz, con teléfono de contacto _______, correo
electrónico __________ y Don Manuel José González Andrades, como alcalde-presidente y
representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
 ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional