Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2023040030)
Extracto del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras del programa para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo y se aprueba la primera convocatoria, para el periodo 2023-2024, de las subvenciones para el Programa I: "Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas".
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NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023

9800

EXTRACTO del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se
establecen las bases reguladoras del programa para el fomento, consolidación
y modernización del empleo autónomo y se aprueba la primera convocatoria,
para el periodo 2023-2024, de las subvenciones para el Programa I: "Ayudas al
establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas".
(2023040030)

BDNS(Identif.): 675159
BDNS(Identif.): 675160
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden, cuyo texto completo puede
consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es)
y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Subvenciones dirigidas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras por
cuenta propia o autónomas.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa I:
Las personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajadoras por
cuenta propia a título individual, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes a las que se refiere el
capítulo III del título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
Los profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia que requiera la incorporación
a un Colegio Profesional, cuyo colectivo se haya integrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente.
Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica conforme al artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, formando
parte como persona socia y se den de alta en RETA o en la mutualidad alternativa correspondiente.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de
las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el