Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2023040032)
Extracto del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras del programa para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo y se aprueba la primera convocatoria, para el periodo 2023-2024, de las subvenciones para el Programa III: "Ayudas para el mantenimiento y modernización de la actividad de autoempleo a personas autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónoma".
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NÚMERO 31
9806
Martes 14 de febrero de 2023
siguiente código presupuestario 20001389 “Fomento del Autoempleo”, financiado con fondos
propios de la Comunidad Autónoma (CA) por un importe total de 350.000,00 euros, correspondientes al ejercicio 2023, posición presupuestaria G/242A/470.00.
En cuanto a la cuantía de las ayudas, se establece una subvención de 1.000,00 euros para
cada persona beneficiaria, en una primera y única solicitud.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La subvención deberá solicitarse, siempre dentro del periodo de vigencia de la convocatoria,
en el plazo de dos meses, que se inicia el día siguiente a aquél en el que se cumplan los treinta
meses desde su alta en el RETA, de acuerdo con lo expresado por la Tesorería General de la
Seguridad Social.
La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el día siguiente a su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8 a) de
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de tramitación de estas ayudas será realizado por medios telemáticos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, que figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) junto con la convocatoria, están disponibles
en la Sede electrónica de la Junta de Extremadura, página web https://sede.gobex.es/SEDE/
e, igualmente, se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Mérida, 30 de diciembre de 2022.
El Secretario General del SEXPE,
(PD, Resolución de 29/10/2020,
DOE n.º 214, de 05/11/2020).
VÍCTOR M. GARCÍA VEGA
9806
Martes 14 de febrero de 2023
siguiente código presupuestario 20001389 “Fomento del Autoempleo”, financiado con fondos
propios de la Comunidad Autónoma (CA) por un importe total de 350.000,00 euros, correspondientes al ejercicio 2023, posición presupuestaria G/242A/470.00.
En cuanto a la cuantía de las ayudas, se establece una subvención de 1.000,00 euros para
cada persona beneficiaria, en una primera y única solicitud.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La subvención deberá solicitarse, siempre dentro del periodo de vigencia de la convocatoria,
en el plazo de dos meses, que se inicia el día siguiente a aquél en el que se cumplan los treinta
meses desde su alta en el RETA, de acuerdo con lo expresado por la Tesorería General de la
Seguridad Social.
La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el día siguiente a su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8 a) de
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de tramitación de estas ayudas será realizado por medios telemáticos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, que figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) junto con la convocatoria, están disponibles
en la Sede electrónica de la Junta de Extremadura, página web https://sede.gobex.es/SEDE/
e, igualmente, se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Mérida, 30 de diciembre de 2022.
El Secretario General del SEXPE,
(PD, Resolución de 29/10/2020,
DOE n.º 214, de 05/11/2020).
VÍCTOR M. GARCÍA VEGA