Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2023040033)
Extracto del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras del programa para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo y se aprueba la primera convocatoria, para el periodo 2023-2024, de las subvenciones para el Programa IV: "Ayudas al establecimiento de personas ocupadas como trabajadoras autónomas".
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NÚMERO 31
9808
Martes 14 de febrero de 2023
20001389 “Fomento del autoempleo”, financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma (CA) por un importe total de 650.000,00 euros, correspondientes al ejercicio 2023,
posición presupuestaria G/242A/470.00.
En cuanto a la cuantía de las ayudas, se establece una subvención de 5.000,00 euros para
cada persona beneficiaria que reúna los requisitos establecidos en la convocatoria y en el
decreto de bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La subvención deberá solicitarse, siempre dentro del periodo de vigencia de la convocatoria,
en el plazo iniciado el día siguiente al que se inicie la actividad, de acuerdo con lo expresado
por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientes al mes
del citado inicio.
La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el día siguiente a su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8 a) de
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de tramitación de estas ayudas será realizado por medios telemáticos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, que figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) junto con la convocatoria, están disponibles
en la Sede electrónica de la Junta de Extremadura, página web https://sede.gobex.es/SEDE/
e, igualmente, se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Mérida, 30 de diciembre de 2022.
El Secretario General del SEXPE,
(PD, Resolución de 29/10/2020,
DOE n.º 214, de 05/11/2020).
VÍCTOR M. GARCÍA VEGA
9808
Martes 14 de febrero de 2023
20001389 “Fomento del autoempleo”, financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma (CA) por un importe total de 650.000,00 euros, correspondientes al ejercicio 2023,
posición presupuestaria G/242A/470.00.
En cuanto a la cuantía de las ayudas, se establece una subvención de 5.000,00 euros para
cada persona beneficiaria que reúna los requisitos establecidos en la convocatoria y en el
decreto de bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La subvención deberá solicitarse, siempre dentro del periodo de vigencia de la convocatoria,
en el plazo iniciado el día siguiente al que se inicie la actividad, de acuerdo con lo expresado
por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientes al mes
del citado inicio.
La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el día siguiente a su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8 a) de
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de tramitación de estas ayudas será realizado por medios telemáticos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, que figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) junto con la convocatoria, están disponibles
en la Sede electrónica de la Junta de Extremadura, página web https://sede.gobex.es/SEDE/
e, igualmente, se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Mérida, 30 de diciembre de 2022.
El Secretario General del SEXPE,
(PD, Resolución de 29/10/2020,
DOE n.º 214, de 05/11/2020).
VÍCTOR M. GARCÍA VEGA