Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes Públicos. (2023060440)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Consejera, por la que se aprueba la denominación específica de "Sagrario Ruiz-Piñero" para el Conservatorio Profesional de Danza de Cáceres.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 30

9680

Lunes 13 de febrero de 2023

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2023, de la Consejera, por la que se aprueba
la denominación específica de "Sagrario Ruiz-Piñero" para el Conservatorio
Profesional de Danza de Cáceres. (2023060440)
En sesión ordinaria del Consejo Escolar del Conservatorio Profesional de Danza de Cáceres,
código 10013586, se acordó proponer la denominación de “Sagrario Ruiz-Piñero” para dicho
centro docente. Así mismo, el Ayuntamiento de Cáceres informa favorablemente sobre dicha
propuesta.
Vistos el artículo 129 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura y el
artículo 111 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en virtud de las
atribuciones que me confieren los artículos 36.f) y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta
del Secretario General de Educación,
RESUELVO:
Aprobar la denominación específica “Sagrario Ruiz-Piñero”, para el Conservatorio Profesional
de Danza de Cáceres, código 10013586.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y
Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo
dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por el artículo 102 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, o podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses contados a partir del
siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que el
interesado pueda interponer aquellos que estime pertinente.
Mérida, 7 de febrero de 2023.
La Consejera,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN

•••