Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060391)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad Vegas Altas IV en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023
9575
de la prestación del servicio social de la Mancomunidad, conforme al presupuesto que se
detalla en el anexo de este convenio.
De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
1. L
a Junta de Extremadura a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
aportará a la financiación del presente convenio la cantidad de setenta mil cuatrocientos
veintiséis euros con sesenta y dos céntimos (70.426,62 €), correspondiente al 99% de
la financiación del mismo, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2023, en la aplicación presupuestaria
110030000/G/252B/46000/CAG0000001/20160094 “Servicios Sociales de Atención
Social Básica», con fuente de financiación Comunidad Autónoma.
El presente convenio se tramita mediante tramitación anticipada, por lo que la aportación
de la Junta de Extremadura queda sometida a la condición suspensiva de existencia de
crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2023 para financiar las obligaciones derivadas del convenio
en el ejercicio 2023.
2. L
a Mancomunidad aportará a la financiación del presente convenio la cantidad setecientos
once euros con treinta y ocho céntimos (711,38 €) con cargo a los Presupuestos de la
Mancomunidad para el año 2023. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta
alcanzar el 100% de la financiación del presente convenio.
Cuarta. Pago y justificación.
1. E
l pago de la aportación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la financiación
del convenio, condicionado a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente
en la anualidad 2023, se realizará a la Mancomunidad en la forma prevista en el Decreto
105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la
Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) Un primer 50 % de la cantidad aportada por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales al convenio. A efectos de realizar este abono, se procederá al reconocimiento
de la obligación y propuesta de pago, una vez formalizado el convenio, a partir del inicio
del plazo de vigencia del convenio previsto en la cláusula undécima para que se proceda
a su ordenación y pago durante el primer cuatrimestre del ejercicio 2023.
b) Un segundo abono de un 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de Sanidad
y Servicios Sociales al convenio, previa justificación por la Mancomunidad de gastos
Lunes 13 de febrero de 2023
9575
de la prestación del servicio social de la Mancomunidad, conforme al presupuesto que se
detalla en el anexo de este convenio.
De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
1. L
a Junta de Extremadura a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
aportará a la financiación del presente convenio la cantidad de setenta mil cuatrocientos
veintiséis euros con sesenta y dos céntimos (70.426,62 €), correspondiente al 99% de
la financiación del mismo, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2023, en la aplicación presupuestaria
110030000/G/252B/46000/CAG0000001/20160094 “Servicios Sociales de Atención
Social Básica», con fuente de financiación Comunidad Autónoma.
El presente convenio se tramita mediante tramitación anticipada, por lo que la aportación
de la Junta de Extremadura queda sometida a la condición suspensiva de existencia de
crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2023 para financiar las obligaciones derivadas del convenio
en el ejercicio 2023.
2. L
a Mancomunidad aportará a la financiación del presente convenio la cantidad setecientos
once euros con treinta y ocho céntimos (711,38 €) con cargo a los Presupuestos de la
Mancomunidad para el año 2023. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta
alcanzar el 100% de la financiación del presente convenio.
Cuarta. Pago y justificación.
1. E
l pago de la aportación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la financiación
del convenio, condicionado a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente
en la anualidad 2023, se realizará a la Mancomunidad en la forma prevista en el Decreto
105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la
Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) Un primer 50 % de la cantidad aportada por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales al convenio. A efectos de realizar este abono, se procederá al reconocimiento
de la obligación y propuesta de pago, una vez formalizado el convenio, a partir del inicio
del plazo de vigencia del convenio previsto en la cláusula undécima para que se proceda
a su ordenación y pago durante el primer cuatrimestre del ejercicio 2023.
b) Un segundo abono de un 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de Sanidad
y Servicios Sociales al convenio, previa justificación por la Mancomunidad de gastos