Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060363)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad de Extremadura para la evaluación del riesgo epidemiológico de las poblaciones de lince ibérico y de los mesocarnívoros simpátricos en Extremadura. N.º expediente: 2251999FR002.
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NÚMERO 28
9137
Jueves 9 de febrero de 2023
— Debe ser necesario para la consecución de los objetivos previstos en el Convenio
— Debe corresponder a coste real.
— Debe ser realizado y pagado por la FUNDACIÓN.
— Debe ser realizado y pagado dentro del período de ejecución del Convenio (fechas de
inicio y fin), de manera que se pueda comprobar su realización y el pago efectivo.
— Debe ser verificable: debe existir constancia documental de su realización, pago y contabilización, así como del proceso de contratación, en su caso.
En relación con los justificantes de gasto, las facturas deben contener un detalle que permita identificar claramente el objeto del gasto facturado (evitando referencias genéricas).
Asimismo, debe identificarse claramente la relación del gasto con el Convenio mediante una
referencia expresa al mismo, la colocación de un sello de imputación, codificación contable, o
cualquier otro medio por el que se pueda vincular el gasto al Convenio.
5. Indicadores.
Con objeto de garantizar la validez científica del estudio a continuación se establece el número
mínimo estimado de análisis a realizar por anualidad y tipología:
Tipo de prueba
2023
2024
Total
Chequeos linces silvestres
30
35
65
Chequeos linces de reintroducción
4
4
8
Chequeo de mesocarnívoros
10
10
20
Necropsias
12
14
26
Estudio ecográfico
S/N
S/N
S/N
Estudio radiológico
S/N
S/N
S/N
Traumatología básica
S/N
S/N
S/N
Traumatología complicada
S/N
S/N
S/N
TAC
S/N
S/N
S/N
Resonancia
S/N
S/N
S/N
9137
Jueves 9 de febrero de 2023
— Debe ser necesario para la consecución de los objetivos previstos en el Convenio
— Debe corresponder a coste real.
— Debe ser realizado y pagado por la FUNDACIÓN.
— Debe ser realizado y pagado dentro del período de ejecución del Convenio (fechas de
inicio y fin), de manera que se pueda comprobar su realización y el pago efectivo.
— Debe ser verificable: debe existir constancia documental de su realización, pago y contabilización, así como del proceso de contratación, en su caso.
En relación con los justificantes de gasto, las facturas deben contener un detalle que permita identificar claramente el objeto del gasto facturado (evitando referencias genéricas).
Asimismo, debe identificarse claramente la relación del gasto con el Convenio mediante una
referencia expresa al mismo, la colocación de un sello de imputación, codificación contable, o
cualquier otro medio por el que se pueda vincular el gasto al Convenio.
5. Indicadores.
Con objeto de garantizar la validez científica del estudio a continuación se establece el número
mínimo estimado de análisis a realizar por anualidad y tipología:
Tipo de prueba
2023
2024
Total
Chequeos linces silvestres
30
35
65
Chequeos linces de reintroducción
4
4
8
Chequeo de mesocarnívoros
10
10
20
Necropsias
12
14
26
Estudio ecográfico
S/N
S/N
S/N
Estudio radiológico
S/N
S/N
S/N
Traumatología básica
S/N
S/N
S/N
Traumatología complicada
S/N
S/N
S/N
TAC
S/N
S/N
S/N
Resonancia
S/N
S/N
S/N