Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060365)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad Sierra de San Pedro en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 28
Jueves 9 de febrero de 2023

9162

2. L
 a Mancomunidad asume, mediante la suscripción del presente convenio, las siguientes
obligaciones:
a) Garantizar la efectiva prestación de información, valoración y orientación en los términos
regulados en la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura y en
sus disposiciones de desarrollo.
b) Dotar de un espacio físico adecuado para la prestación. Dicho espacio contará con
conexión telefónica y a la red internet; permitirá el archivo y custodia de los expedientes
sociales de acuerdo con los requisitos de confidencialidad que establece la normativa de
aplicación sobre protección de datos de carácter personal; y garantizará la privacidad
en la intervención social y la accesibilidad de la población.
c) Asumir las diferencias al alza que pudieran existir respecto a las cuantías establecidas
en el anexo, en concepto de personal y funcionamiento, cuando el coste real de la
prestación del servicio social sea superior.
d) Abonar a los profesionales del Trabajo Social de la prestación las retribuciones y las
indemnizaciones por razón de servicio que legalmente les correspondan de conformidad
con la normativa de aplicación en la entidad local.
e) F
 acilitar la formación y especialización de los profesionales del Trabajo Social de la
prestación, así como la asistencia de la persona responsable del personal de la
Mancomunidad de la que dependen los profesionales a las reuniones de información,
estudio y coordinación a las que sea convocado por las diferentes consejerías de la
Junta de Extremadura o las entidades públicas de ellas dependientes.
f) Desarrollar aquellas funciones que a los servicios sociales de atención social básica le sean
asignadas por las diferentes consejerías de la Junta de Extremadura o entidades públicas
de ellas dependientes, así como cumplimentar los diferentes soportes documentales
establecidos o que les sean requeridos.
g) Facilitar toda la información que le sea requerida y someterse a las actuaciones de
comprobación y control que puedan realizarse por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales.
Séptima. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio las partes
firmantes nombran responsable del mismo a la Dirección General de Servicios Sociales,