Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060364)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad Integral de Municipios "Campo Arañuelo" en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 28
Jueves 9 de febrero de 2023
9146
b) Un segundo abono de un 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de Sanidad
y Servicios Sociales al convenio, previa justificación por la Mancomunidad de gastos
y pagos correspondientes a cantidad igual o superior al 25% de la financiación del
convenio.
c) Un tercer y último abono de un 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales al convenio, previa justificación por la Mancomunidad de
gastos y pagos correspondientes a cantidad igual o superior al 50% de la financiación
del convenio, y que deberá presentarse hasta el 3 de noviembre de 2023, inclusive.
La Mancomunidad está exenta de la obligación de constituir garantía por los citados pagos
anticipados conforme dispone la disposición adicional cuarta letra b) de la Ley 5/2007, de
19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
2. L
os gastos y pagos realizados por la Mancomunidad en la prestación del servicio social se
justificará mediante la presentación de certificación expedida por la persona titular de la
secretaría-intervención o intervención de la Mancomunidad con indicación expresa de los
gastos y pagos realizados en concepto de personal y de funcionamiento de la prestación,
teniendo en cuenta las cantidades recogidas en el anexo del presente convenio para cada
uno de estos conceptos, sin que en ningún caso pueda destinarse el exceso de gasto en
uno de ellos con la ejecución inferior o no ejecución en el otro.
L
os documentos justificativos de los gastos y pagos realizados por la Mancomunidad con
cargo al presente convenio deberán ser custodiados por esta entidad local, como mínimo,
hasta el año 2028, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control,
pudiendo ser solicitados, en cualquier momento, por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales o la Intervención General de la Junta de Extremadura en el ejercicio de sus
competencias de control del gasto público.
L
a justificación de gastos y pagos realizados correspondientes a cantidad igual o superior
al 100% de la financiación del convenio deberá presentarse a la Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales hasta el 15 de febrero de 2024, inclusive.
C
on la justificación de gastos y pagos realizados correspondientes a cantidad igual o
superior al 100%, deberá presentarse, además, una memoria técnica de evaluación del
funcionamiento de la prestación del servicio social, conforme al modelo que establezca
la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias como responsable del
seguimiento, vigilancia y control del convenio.
Jueves 9 de febrero de 2023
9146
b) Un segundo abono de un 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de Sanidad
y Servicios Sociales al convenio, previa justificación por la Mancomunidad de gastos
y pagos correspondientes a cantidad igual o superior al 25% de la financiación del
convenio.
c) Un tercer y último abono de un 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales al convenio, previa justificación por la Mancomunidad de
gastos y pagos correspondientes a cantidad igual o superior al 50% de la financiación
del convenio, y que deberá presentarse hasta el 3 de noviembre de 2023, inclusive.
La Mancomunidad está exenta de la obligación de constituir garantía por los citados pagos
anticipados conforme dispone la disposición adicional cuarta letra b) de la Ley 5/2007, de
19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
2. L
os gastos y pagos realizados por la Mancomunidad en la prestación del servicio social se
justificará mediante la presentación de certificación expedida por la persona titular de la
secretaría-intervención o intervención de la Mancomunidad con indicación expresa de los
gastos y pagos realizados en concepto de personal y de funcionamiento de la prestación,
teniendo en cuenta las cantidades recogidas en el anexo del presente convenio para cada
uno de estos conceptos, sin que en ningún caso pueda destinarse el exceso de gasto en
uno de ellos con la ejecución inferior o no ejecución en el otro.
L
os documentos justificativos de los gastos y pagos realizados por la Mancomunidad con
cargo al presente convenio deberán ser custodiados por esta entidad local, como mínimo,
hasta el año 2028, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control,
pudiendo ser solicitados, en cualquier momento, por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales o la Intervención General de la Junta de Extremadura en el ejercicio de sus
competencias de control del gasto público.
L
a justificación de gastos y pagos realizados correspondientes a cantidad igual o superior
al 100% de la financiación del convenio deberá presentarse a la Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales hasta el 15 de febrero de 2024, inclusive.
C
on la justificación de gastos y pagos realizados correspondientes a cantidad igual o
superior al 100%, deberá presentarse, además, una memoria técnica de evaluación del
funcionamiento de la prestación del servicio social, conforme al modelo que establezca
la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias como responsable del
seguimiento, vigilancia y control del convenio.