Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060364)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad Integral de Municipios "Campo Arañuelo" en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 28
9152
Jueves 9 de febrero de 2023
N
o obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio
existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Dirección General de
Servicios Sociales, Infancia y Familias como responsable del seguimiento, vigilancia y control
o, en su caso, de la comisión de seguimiento del convenio, podrán acordar la continuación
y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo
improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de
las mismas en los términos establecidos en los apartados anteriores.
Duodécima. Ámbito jurisdiccional.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que pudieran surgir
sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los
órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Y para que así conste y en prueba de conformidad, firman el presente convenio mediante
firma electrónica, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha
del último firmante.
El Vicepresidente Segundo y Consejero de
Sanidad y Servicios Sociales,
Presidente de la Mancomunidad Integral
de Municipios “Campo Arañuelo”,
JOSÉ M.ª VERGELES BLANCA
RAÚL MEDINA GÓMEZ
9152
Jueves 9 de febrero de 2023
N
o obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio
existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Dirección General de
Servicios Sociales, Infancia y Familias como responsable del seguimiento, vigilancia y control
o, en su caso, de la comisión de seguimiento del convenio, podrán acordar la continuación
y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo
improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de
las mismas en los términos establecidos en los apartados anteriores.
Duodécima. Ámbito jurisdiccional.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que pudieran surgir
sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los
órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Y para que así conste y en prueba de conformidad, firman el presente convenio mediante
firma electrónica, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha
del último firmante.
El Vicepresidente Segundo y Consejero de
Sanidad y Servicios Sociales,
Presidente de la Mancomunidad Integral
de Municipios “Campo Arañuelo”,
JOSÉ M.ª VERGELES BLANCA
RAÚL MEDINA GÓMEZ