Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060410)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 24 de noviembre de 2022, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Paritaria del "Convenio Colectivo de Trabajo del sector de la Construcción y Obras Públicas para Cáceres y su provincia" en la que se establece el calendario laboral para el año 2023 aplicable en el ámbito de actuación del citado convenio.
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NÚMERO 28
9213
Jueves 9 de febrero de 2023
• 20 de febrero.
• 14 de agosto.
• 13 de octubre.
• 7 de diciembre.
• 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Cáceres capital será el
25 de mayo y el 12 de junio para Plasencia.
• Reducción de una hora diaria entre el 11 de julio y el 11 de agosto ambos inclusive,
como consecuencia de la jornada de verano.
Si alguno de estos días coincidiese con fiesta local, se declarará día festivo no recuperable
el inmediato hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre empresa y la representación legal de los trabajadores. Estos días no serán computables al efecto del disfrute
de las vacaciones.
2. E
n el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o
posterior.
3. En el caso de que la empresa con la representación de los trabajadores acuerden no realizar
la jornada de verano entre el 11 de julio y el 11 de agosto, ambos inclusive, se establecerán
en sustitución tres días festivos de convenio, acordando los días en que se compensan.
Por unanimidad se delega en Dña. Laura Méndez Castaño, con DNI XXX6859XX, la tramitación
para la publicación y efectos de estos acuerdos.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 10:30 horas
del día de la fecha, levantando la presente acta el secretario de la comisión que en prueba de
conformidad firman todos los asistentes en el lugar y fecha ut supra.
Por UGT-FICA:
Por CCOO-CYS:
Por CNC CÁCERES-FECONS:
Por PYMECON:
•••
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Jueves 9 de febrero de 2023
• 20 de febrero.
• 14 de agosto.
• 13 de octubre.
• 7 de diciembre.
• 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Cáceres capital será el
25 de mayo y el 12 de junio para Plasencia.
• Reducción de una hora diaria entre el 11 de julio y el 11 de agosto ambos inclusive,
como consecuencia de la jornada de verano.
Si alguno de estos días coincidiese con fiesta local, se declarará día festivo no recuperable
el inmediato hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre empresa y la representación legal de los trabajadores. Estos días no serán computables al efecto del disfrute
de las vacaciones.
2. E
n el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o
posterior.
3. En el caso de que la empresa con la representación de los trabajadores acuerden no realizar
la jornada de verano entre el 11 de julio y el 11 de agosto, ambos inclusive, se establecerán
en sustitución tres días festivos de convenio, acordando los días en que se compensan.
Por unanimidad se delega en Dña. Laura Méndez Castaño, con DNI XXX6859XX, la tramitación
para la publicación y efectos de estos acuerdos.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 10:30 horas
del día de la fecha, levantando la presente acta el secretario de la comisión que en prueba de
conformidad firman todos los asistentes en el lugar y fecha ut supra.
Por UGT-FICA:
Por CCOO-CYS:
Por CNC CÁCERES-FECONS:
Por PYMECON:
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