Mancomunidad Integral Sierra De San Pedro. Procesos Selectivos. (2023080232)
Anuncio de 3 de febrero de 2023 sobre Resolución de 26 de enero de 2023 por la que se estima el recurso interpuesto contra la Resolución de Presidencia de fecha 20 de diciembre de 2022 de aprobación de las bases para cubrir varias plazas mediante el sistema de concurso, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal.
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NÚMERO 28
Jueves 9 de febrero de 2023

9243

MANCOMUNIDAD INTEGRAL SIERRA DE SAN PEDRO
ANUNCIO de 3 de febrero de 2023 sobre Resolución de 26 de enero de
2023 por la que se estima el recurso interpuesto contra la Resolución de
Presidencia de fecha 20 de diciembre de 2022 de aprobación de las bases
para cubrir varias plazas mediante el sistema de concurso, en el marco del
proceso de estabilización de empleo temporal. (2023080232)
El Presidente de la Mancomunidad, con fecha 26 de enero de 2023, dicta la presente resolución:
Primero. Admitir a trámite el recurso interpuesto en fecha 17/01/2023 contra la Resolución
de Presidencia de fecha 20/12/2022 de aprobación de las bases del proceso de estabilización
amparadas en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de
la temporalidad en el empleo púbico.
Segundo. Estimar en todo el recurso de reposición formulado, atendiendo a lo informado por
el Secretario-Interventor del SAAEL de la Diputación Provincial de Cáceres en los fundamentos jurídicos expuestos en el informe propuesta de fecha 26/01/2023.
Tercero. En conexión con lo anterior, declarar la nulidad de las bases del proceso de estabilización del empleo temporal amparadas en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicadas en el BOP n.º
244, de 23 de diciembre de 2022.
Cuarto. Retrotraer las actuaciones al momento de dictar resolución aprobando las bases de la
convocatoria, ordenando la aprobación de las nuevas bases, conforme a la legislación vigente,
devolviendo a los aspirantes que hayan presentado la solicitud al proceso la correspondiente
tasa pagada del proceso de estabilización.
Quinto. Notificar la resolución al interesado dentro del plazo de diez días a partir de la fecha
en que se ha dictado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
indicación de que la misma pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella,
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados en la misma forma
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, con arreglo a lo señalado en
los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Sexto. Publicar la presente resolución en el Tablón de Anuncios, Sede electrónica y BOP de
Cáceres.