Ayuntamiento De La Pesga. Urbanismo. (2023080231)
Anuncio de 2 de febrero de 2023 por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Reparcelación.
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NÚMERO 28
9232
Jueves 9 de febrero de 2023
AYUNTAMIENTO DE LA PESGA
ANUNCIO de 2 de febrero de 2023 por el que se aprueba definitivamente el
Proyecto de Reparcelación. (2023080231)
Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria urgente, celebrada con fecha 15 de septiembre de 2022, expediente para la aprobación del Proyecto
de Reparcelación con el objeto de llevar a cabo el desarrollo y ejecución del siguiente ámbito:
Área reparcelable
Terrenos afectados por la modificación puntual
n.º 5 PDSU
Unidad de Actuación Afectada
UA1
Instrumento de Planeamiento que desarrolla
Unidad de Actuación Simplificada
Publicado dicho anuncio en el DOE n.º 193 de fecha 6 de octubre de 2022 y en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, sin que se hayan formulado reclamaciones al respecto, se ha
elevado a definitiva dicha aprobación inicial, mediante Resolución de Alcaldía n.º 2023-0009
de fecha 20 de enero de 2023.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer
directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso
potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
La Pesga, 2 de febrero de 2023. El Alcalde, JOSÉ DAVID DOMÍNGUEZ MARTÍN.
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Jueves 9 de febrero de 2023
AYUNTAMIENTO DE LA PESGA
ANUNCIO de 2 de febrero de 2023 por el que se aprueba definitivamente el
Proyecto de Reparcelación. (2023080231)
Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria urgente, celebrada con fecha 15 de septiembre de 2022, expediente para la aprobación del Proyecto
de Reparcelación con el objeto de llevar a cabo el desarrollo y ejecución del siguiente ámbito:
Área reparcelable
Terrenos afectados por la modificación puntual
n.º 5 PDSU
Unidad de Actuación Afectada
UA1
Instrumento de Planeamiento que desarrolla
Unidad de Actuación Simplificada
Publicado dicho anuncio en el DOE n.º 193 de fecha 6 de octubre de 2022 y en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, sin que se hayan formulado reclamaciones al respecto, se ha
elevado a definitiva dicha aprobación inicial, mediante Resolución de Alcaldía n.º 2023-0009
de fecha 20 de enero de 2023.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante el Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer
directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso
potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
La Pesga, 2 de febrero de 2023. El Alcalde, JOSÉ DAVID DOMÍNGUEZ MARTÍN.
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