Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060347)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Tomalia, SLUG, para el ciclo formativo de Grado Medio en Electromecánica de Maquinaria del IES San José de Villanueva de la Serena.
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NÚMERO 27
Miércoles 8 de febrero de 2023
8931
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y TOMALIA, SLUG, PARA EL CICLO
FORMATIVO DE GRADO MEDIO EN ELECTROMECÁNICA DE MAQUINARIA DEL
IES SAN JOSÉ DE VILLANUEVA DE LA SERENA.
Mérida, 27 de enero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación
efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223,
de 19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Tomalia, SLUG, con CIF F06387948 y domicilio en Ctra. Valdehornillos,
s/n, código postal 06410 Santa Amalia, Badajoz, con teléfono de contacto _____, correo
electrónico ________ y Don Juan Puerto Frías, como presidente y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las
empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de
módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones
para garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado
2.b)].
3. Q
ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo,
el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Q
ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece
que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
Miércoles 8 de febrero de 2023
8931
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y TOMALIA, SLUG, PARA EL CICLO
FORMATIVO DE GRADO MEDIO EN ELECTROMECÁNICA DE MAQUINARIA DEL
IES SAN JOSÉ DE VILLANUEVA DE LA SERENA.
Mérida, 27 de enero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación
efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223,
de 19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Tomalia, SLUG, con CIF F06387948 y domicilio en Ctra. Valdehornillos,
s/n, código postal 06410 Santa Amalia, Badajoz, con teléfono de contacto _____, correo
electrónico ________ y Don Juan Puerto Frías, como presidente y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las
empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de
módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones
para garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado
2.b)].
3. Q
ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo,
el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Q
ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece
que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación