Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060345)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Fundación Iberdrola España para la realización de un Programa de inmersión lingüística dirigido al profesorado de Extremadura.
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NÚMERO 27
Miércoles 8 de febrero de 2023
8909
Sexta. Aportación económica.
La Fundación Iberdrola España realizará una aportación económica máxima de 40.000 €
(cuarenta mil euros) impuestos incluidos, para contribuir al Programa objeto de este Convenio.
El presente Convenio no implica obligación económica alguna para la Consejería de Educación
y Empleo de la Junta de Extremadura, respecto al coste del Programa de Inmersión en
Lengua Inglesa. Por su parte, la Fundación Iberdrola España no asume coste ni gestión alguna
relacionada con el desplazamiento del profesorado que participe en el Programa de Inmersión
en Lengua Inglesa”.
Séptima. Uso de marca.
A los efectos de difundir la colaboración objeto de este Convenio, la Consejería de Educación
y Empleo de la Junta de Extremadura podrá utilizar, de forma temporal y limitada, la marca
que la Fundación Iberdrola España expresamente le proporcione, que únicamente se hará
constar en actividades relacionadas con el objeto del presente Convenio, ajustándose, en
todo caso y cualquiera que sea el material que en el que se inserte, al diseño facilitado por
la Fundación Iberdrola España, sin que tal autorización implique cesión de la titularidad de la
marca facilitada a la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y sin que,
desde esta, se pueda ceder, alterar o modificar la citada marca.
La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura se compromete a cesar
en el uso de la marca facilitada por la Fundación Iberdrola España en cualquier momento, a
requerimiento de la Fundación Iberdrola España y, en todo caso, a la extinción del presente
Convenio.
Octava. Comisión de Seguimiento e Información.
Se constituirá una comisión de seguimiento (en adelante, la “Comisión”), integrada por un
representante de cada una de las Partes, para el seguimiento y control de la ejecución de las
actividades objeto del Convenio y de la aplicación del mismo, así como para la concreción de
las actividades de colaboración, la celebración de actos institucionales de presentación pública
o difusión, la resolución de controversias y determinación, en su caso, de las condiciones de
resolución anticipada del Convenio.
La Comisión deberá conocer los contratos que realice la Fundación Iberdrola España para la
ejecución del Programa.
Cualquier modificación o desviación en la ejecución del Programa, sea por razones técnicas,
económicas o de plazo, requerirá el conocimiento y aprobación previo de las Partes a través
de la Comisión de Seguimiento.
Miércoles 8 de febrero de 2023
8909
Sexta. Aportación económica.
La Fundación Iberdrola España realizará una aportación económica máxima de 40.000 €
(cuarenta mil euros) impuestos incluidos, para contribuir al Programa objeto de este Convenio.
El presente Convenio no implica obligación económica alguna para la Consejería de Educación
y Empleo de la Junta de Extremadura, respecto al coste del Programa de Inmersión en
Lengua Inglesa. Por su parte, la Fundación Iberdrola España no asume coste ni gestión alguna
relacionada con el desplazamiento del profesorado que participe en el Programa de Inmersión
en Lengua Inglesa”.
Séptima. Uso de marca.
A los efectos de difundir la colaboración objeto de este Convenio, la Consejería de Educación
y Empleo de la Junta de Extremadura podrá utilizar, de forma temporal y limitada, la marca
que la Fundación Iberdrola España expresamente le proporcione, que únicamente se hará
constar en actividades relacionadas con el objeto del presente Convenio, ajustándose, en
todo caso y cualquiera que sea el material que en el que se inserte, al diseño facilitado por
la Fundación Iberdrola España, sin que tal autorización implique cesión de la titularidad de la
marca facilitada a la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y sin que,
desde esta, se pueda ceder, alterar o modificar la citada marca.
La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura se compromete a cesar
en el uso de la marca facilitada por la Fundación Iberdrola España en cualquier momento, a
requerimiento de la Fundación Iberdrola España y, en todo caso, a la extinción del presente
Convenio.
Octava. Comisión de Seguimiento e Información.
Se constituirá una comisión de seguimiento (en adelante, la “Comisión”), integrada por un
representante de cada una de las Partes, para el seguimiento y control de la ejecución de las
actividades objeto del Convenio y de la aplicación del mismo, así como para la concreción de
las actividades de colaboración, la celebración de actos institucionales de presentación pública
o difusión, la resolución de controversias y determinación, en su caso, de las condiciones de
resolución anticipada del Convenio.
La Comisión deberá conocer los contratos que realice la Fundación Iberdrola España para la
ejecución del Programa.
Cualquier modificación o desviación en la ejecución del Programa, sea por razones técnicas,
económicas o de plazo, requerirá el conocimiento y aprobación previo de las Partes a través
de la Comisión de Seguimiento.