Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2023060399)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca, mediante el sistema de libre designación, la provisión de puestos de trabajo de Jefe de Servicio y Jefe de Sección de carácter asistencial de Atención Especializada, del Servicio Extremeño de Salud en el Área de Salud de Don Benito-Villanueva de la Serena.
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NÚMERO 27
Miércoles 8 de febrero de 2023

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o especial para el ejercicio de funciones, empleos o cargos públicos. Para los nacionales de cualquier otro estado no hallarse inhabilitado o en situación equivalente
y no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida el ejercicio
de funciones, empleos o cargos públicos o en situación equivalente (Anexo IV de la
presente resolución).
3.2.7. E
 l personal afectado por el proceso de estatutarización que no se haya integrado
podrá optar por estatutarizarse debiendo aportar, además de la opción de estatutarización que figura como Anexo V, la titulación requerida para el acceso a la categoría y especialidad en que corresponda integrarse según la tabla de homologaciones
que figura como Anexo II del Decreto 203/2006, de 28 de noviembre, por el que se
establecen procedimientos para la integración del personal funcionario y laboral que
presta servicios en el Servicio Extremeño de Salud en el régimen de personal estatutario de los Servicios de Salud y como Anexo I del Decreto 43/2014, así como las
certificaciones referidas en el artículo 3.8.2.c) del Decreto 203/2006 y en el artículo
4.2.c) del Decreto 43/2014, y que se reproduce como Anexo VI en esta resolución.
3.2.8. L os concursantes en situación de excedencia, que no conlleve reserva de plaza, así
como el personal procedente de otros Servicios de Salud deberán aportar certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en el supuesto de que
manifieste su oposición a que administración lo recabe de oficio, marcando la casilla
correspondiente en la solicitud, con objeto de que la administración compruebe que
carece de antecedentes penales respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales en los
términos previstos en los apartados anteriores, los aspirantes de origen extranjero o que
tuvieran otra nacionalidad además de la española, deberán aportar un certificado negativo
de condenas penales a expedir por la autoridad competente del país del que es nacional,
traducido al castellano y legalizado de acuerdo con los convenios internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
3.3. L
 os méritos que figuran en el currículo deberán acreditarse, mediante copia auténtica y
aportarse también junto con la solicitud de participación y el autobaremo del Anexo III,
cumpliendo con las siguientes normas:
3.3.1. L os méritos relacionados con los cursos recibidos, se acreditarán mediante copia
auténtica del título o diploma correspondiente, o en su caso certificación académica
que justifique tener aprobados los estudios completos correspondientes.