Consejería De Educación Y Empleo. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Premios. (2023050028)
Orden de 31 de enero de 2023 por la que se convocan los Premios al fomento de la seguridad y salud en el trabajo de la Junta de Extremadura 2022.
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NÚMERO 26

8347

Martes 7 de febrero de 2023

ANEXO I
BASES REGULADORAS
Primera. Candidaturas.
1. Podrán optar a los premios las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que reúnan
los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
No podrán optar a los premios las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que
hayan obtenido premios en convocatorias anteriores, salvo que concurran con méritos distintos a los valorados en ellas, aun cuando se trate de la misma categoría.
Tampoco podrán concurrir a los premios quienes hayan sido sancionados, con carácter firme, por infracciones muy graves, en materia de prevención de riesgos laborales, conforme
a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infrac­ciones y Sanciones en el Orden Social, durante
los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura de esta convocatoria.
Igualmente, no podrán participar como candidatos o proponentes en la convocatoria las
entidades que tengan representación en el Jurado o las personas que participen en el mismo, con excepción de lo establecido en el apartado 2.
2. La Dirección General de Trabajo podrá proponer al Jurado, a favor de terceros, las candidaturas que considere de interés por su relevancia y valor social, para optar a premios
especiales, independientes de las categorías incluidas en el anexo II de la presente orden,
de reconocimiento de los méritos de las personas, empresas, administraciones públicas
y/o entidades propuestas a favor de la Prevención de Riesgos Laborales en Extremadura.
3. Las candidaturas se podrán presentar directamente por los candidatos o ser propuestas por
otras personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, a favor de terceros.
Las candidaturas que se presenten deberán formalizarse en modelo oficial, según el anexo
III de esta orden y deberán ir acompañadas de una memoria con una extensión no superior
a 20 páginas, en la que se justifiquen los méritos de las personas o entidades propuestas
para optar a la concesión de los premios. Se adjuntará a la memoria la documentación que
acredite los méritos alegados.
A la solicitud presentada se acompañará la memoria y la documentación justificativa de los
méritos en un archivo electrónico único en formato PDF.