Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023060123)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 25
Lunes 6 de febrero de 2023
8221
SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria
de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas
formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20
de octubre, para el ejercicio 2023. (2023060123)
A fin de dar una respuesta inmediata a los problemas que en materia de empleo existen
en la actualidad a la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Servicio Extremeño Público
de Empleo, consideró necesario instrumentalizar un marco normativo que, de forma ágil,
permitiese a las empresas presentar programas formativos vinculados a sus proyectos
empresariales, adecuados a las necesidades de cualificación y recualificación de la población
activa. Así, mediante Decreto 121/2021, de 20 de octubre, se regula el procedimiento para
la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen las formas para
su financiación (DOE n.º 206, de 26 de octubre de 2021), materializándose así uno de los
objetivos de las políticas de empleo contenidas en el Texto Refundido de la Ley de Empleo,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
El citado decreto, permite que las empresas y entidades interesadas puedan elaborar
y presentar proyectos empresariales en los que se describa la formación cualificada y
especializada que necesitan ofrecer a las personas trabajadoras, ya sean desempleadas u
ocupadas, y cuya impartición resulta necesaria para el desarrollo de su proyecto empresarial.
El tipo de formación y los contenidos formativos que ofrezcan se ha de ajustar a las demandas
y necesidades concretas que tienen dichas empresas, ya sea para el desarrollo y adecuación
de su objeto empresarial o bien para la puesta en marcha e implantación de nuevas empresas
en la comunidad.
Dicha calificación de formación estratégica se configura como una premisa previa para
que, una vez obtenida la misma, los titulares de los proyectos empresariales que sean de
especial interés para la región por su impacto significativo en el empleo puedan acceder a la
financiación de los mismos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en la
redacción dada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la
Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante Orden de 29 de agosto de 2022 (DOE
n.º 171, de 5 de septiembre), se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones
destinadas a financiar la formación declarada como estratégica en proyectos empresariales
de interés para el empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el capítulo I de dichas bases se establecen una serie de disposiciones generales mediante las
que se regula el régimen jurídico y la tipología de las subvenciones a la Formación Estratégica
Lunes 6 de febrero de 2023
8221
SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria
de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas
formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20
de octubre, para el ejercicio 2023. (2023060123)
A fin de dar una respuesta inmediata a los problemas que en materia de empleo existen
en la actualidad a la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Servicio Extremeño Público
de Empleo, consideró necesario instrumentalizar un marco normativo que, de forma ágil,
permitiese a las empresas presentar programas formativos vinculados a sus proyectos
empresariales, adecuados a las necesidades de cualificación y recualificación de la población
activa. Así, mediante Decreto 121/2021, de 20 de octubre, se regula el procedimiento para
la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen las formas para
su financiación (DOE n.º 206, de 26 de octubre de 2021), materializándose así uno de los
objetivos de las políticas de empleo contenidas en el Texto Refundido de la Ley de Empleo,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
El citado decreto, permite que las empresas y entidades interesadas puedan elaborar
y presentar proyectos empresariales en los que se describa la formación cualificada y
especializada que necesitan ofrecer a las personas trabajadoras, ya sean desempleadas u
ocupadas, y cuya impartición resulta necesaria para el desarrollo de su proyecto empresarial.
El tipo de formación y los contenidos formativos que ofrezcan se ha de ajustar a las demandas
y necesidades concretas que tienen dichas empresas, ya sea para el desarrollo y adecuación
de su objeto empresarial o bien para la puesta en marcha e implantación de nuevas empresas
en la comunidad.
Dicha calificación de formación estratégica se configura como una premisa previa para
que, una vez obtenida la misma, los titulares de los proyectos empresariales que sean de
especial interés para la región por su impacto significativo en el empleo puedan acceder a la
financiación de los mismos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en la
redacción dada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la
Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante Orden de 29 de agosto de 2022 (DOE
n.º 171, de 5 de septiembre), se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones
destinadas a financiar la formación declarada como estratégica en proyectos empresariales
de interés para el empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el capítulo I de dichas bases se establecen una serie de disposiciones generales mediante las
que se regula el régimen jurídico y la tipología de las subvenciones a la Formación Estratégica