Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agrupación De Defensa Sanitaria. Ayudas. (2023060342)
Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023
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NÚMERO 23
Jueves 2 de febrero de 2023
7836
EXTRACTO de la Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría
General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones a las
Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa
Sanitaria Apícola, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
ejercicio 2023. (2023060342)
BDNS(Identif.):672697
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica anual, para las
Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícolas
en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo sucesivo ADS, reconocidas en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la realización de las actividades
contempladas en el artículo 4 de las bases reguladoras, siendo su objeto la compensación de
los costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de
los animales incluidas en programas o actuaciones sanitarias.
Segundo. Beneficiarios.
ADS que estén reconocidas mediante resolución de la Dirección General de Agricultura y
Ganadería, el día de la publicación de la convocatoria anual correspondiente en el Diario
Oficial de Extremadura.
Estas ADS son las que podrán solicitar las subvenciones, siendo las beneficiarias finales de
las ayudas las pequeñas y medianas explotaciones integradas en la ADS el último día de
presentación de la solicitud.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 27 de marzo de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de
Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura publicadas en el Diario
Oficial de Extremadura n.º 66 de 3 de abril de 2020, modificada por la Orden de 23 de marzo
de 2021 publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 58 de 26 de marzo de 2021.
Jueves 2 de febrero de 2023
7836
EXTRACTO de la Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría
General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones a las
Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa
Sanitaria Apícola, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
ejercicio 2023. (2023060342)
BDNS(Identif.):672697
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica anual, para las
Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícolas
en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo sucesivo ADS, reconocidas en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la realización de las actividades
contempladas en el artículo 4 de las bases reguladoras, siendo su objeto la compensación de
los costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de
los animales incluidas en programas o actuaciones sanitarias.
Segundo. Beneficiarios.
ADS que estén reconocidas mediante resolución de la Dirección General de Agricultura y
Ganadería, el día de la publicación de la convocatoria anual correspondiente en el Diario
Oficial de Extremadura.
Estas ADS son las que podrán solicitar las subvenciones, siendo las beneficiarias finales de
las ayudas las pequeñas y medianas explotaciones integradas en la ADS el último día de
presentación de la solicitud.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 27 de marzo de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de
Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura publicadas en el Diario
Oficial de Extremadura n.º 66 de 3 de abril de 2020, modificada por la Orden de 23 de marzo
de 2021 publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 58 de 26 de marzo de 2021.