Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060190)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Sierra del Suroeste-Tentudía.
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NÚMERO 22
Miércoles 1 de febrero de 2023
7593
Segunda. Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se articula
mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones Públicas que
pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal y como
reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través de los acuerdos en sus
órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que en los convenios y acuerdos en los que
se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que asumen las partes
que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y administrativa entre la administración local y las administraciones del Estado y de las comunidades
autónomas se desarrollará con carácter voluntario, mediante los convenios administrativos
que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios deberá mejorar la eficiencia de
la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Tercera. Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este Plan, la Secretaría de Estado de Turismo,
la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de
Badajoz se comprometen a efectuar su aportación económica según lo establecido en la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el seguimiento detallado del propio convenio.
La Diputación de Badajoz se compromete a ejecutar las actuaciones objeto del Plan, a destinar los recursos humanos y materiales que sean necesarios para cumplir los plazos de
ejecución y a justificar la ejecución de las actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el
presente convenio.
Cuarta. Coste de las actuaciones y aportaciones de las partes.
El coste de las actuaciones previstas en el Anexo del presente convenio se cifra en 2.875.000,00
euros, que se financiarán conjuntamente por las partes firmantes con arreglo a la siguiente
distribución:
Miércoles 1 de febrero de 2023
7593
Segunda. Naturaleza.
La relación de cooperación entre las administraciones territoriales participantes se articula
mediante convenios interadministrativos firmados entre tres Administraciones Públicas que
pertenecen a la categoría de los regulados en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Esta relación resulta a su vez coherente con los artículos 143 y 144 de la LRJSP. Tal y como
reza el artículo 143, las relaciones de cooperación voluntaria entre las Administraciones Públicas se formalizarán de manera expresa por ambas partes a través de los acuerdos en sus
órganos de cooperación o en convenios.
Por su parte, el artículo 144 de dicha Ley indica que en los convenios y acuerdos en los que
se formalice la cooperación se preverán las condiciones y compromisos que asumen las partes
que los suscriben.
Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cooperación económica, técnica y administrativa entre la administración local y las administraciones del Estado y de las comunidades
autónomas se desarrollará con carácter voluntario, mediante los convenios administrativos
que suscriban, como el presente. La suscripción de convenios deberá mejorar la eficiencia de
la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Tercera. Compromisos.
Para la mejor consecución de los objetivos de este Plan, la Secretaría de Estado de Turismo,
la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de
Badajoz se comprometen a efectuar su aportación económica según lo establecido en la siguiente cláusula y a impulsar y a efectuar el seguimiento detallado del propio convenio.
La Diputación de Badajoz se compromete a ejecutar las actuaciones objeto del Plan, a destinar los recursos humanos y materiales que sean necesarios para cumplir los plazos de
ejecución y a justificar la ejecución de las actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el
presente convenio.
Cuarta. Coste de las actuaciones y aportaciones de las partes.
El coste de las actuaciones previstas en el Anexo del presente convenio se cifra en 2.875.000,00
euros, que se financiarán conjuntamente por las partes firmantes con arreglo a la siguiente
distribución: