Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022081835)
Anuncio de 2 de noviembre de 2022 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental integrada para el proyecto de gestión de residuos, cuya titular es Promociones Medioambientales Villafranquesa, SL, en el término municipal de Villafranca de los Barros.
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NÚMERO 22
Miércoles 1 de febrero de 2023

V

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ANUNCIOS
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
ANUNCIO de 2 de noviembre de 2022 por el que se somete a información
pública la solicitud de autorización ambiental integrada para el proyecto
de gestión de residuos, cuya titular es Promociones Medioambientales
Villafranquesa, SL, en el término municipal de Villafranca de los Barros.
(2022081835)

Para dar cumplimiento al artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la
contaminación se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental
integrada (AAI) del proyecto de la actividad de gestión de residuos, cuyo titular es Promociones Medioambientales Villafranquesa, SL, en el término municipal de Villafranca de los Barros
(Badajoz), podrá ser examinada, durante 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias
de la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad, Avenida Luis Ramallo, s/n de Mérida.
Es Órgano competente para la concesión de la autorización ambiental integrada relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) y e) del Decreto
170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la
actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 11.3 de la Ley 16/2015, la AAI
precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias,
entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Real Decreto Legislativo 1/2016. Autorización ambiental integrada: la actividad se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley de prevención y control integrados de
la contaminación. En particular, está incluida en la categoría 5.6. de su Anejo I, relativa
a “Almacenamiento temporal de los residuos peligrosos no incluidos en el epígrafe 5.5
en espera de la aplicación de alguno de los tratamientos mencionados en el epígrafe 5.1,
5.2, 5.5 y 5.7, con una capacidad total superior a 50 toneladas, excluyendo el almacenamiento temporal, pendiente de recogida, en el sitio donde el residuo es generado.”