Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060170)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Hervás por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante los años 2022 y 2023".
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NÚMERO 21
Martes 31 de enero de 2023
7331
3. J ustificar el destino dado a las cantidades recibidas en concepto de subvención en los
términos previstos en el presente Convenio así como las que, en su caso, aportase el
Ayuntamiento debiendo quedar justificado a la fecha establecida en la Cláusula Séptima
la totalidad del coste del Programa Municipal.
4. P
roveer el personal necesario para la apertura y cierre de las instalaciones, personal de
limpieza y de mantenimiento, así como para llevar a cabo las tareas de dinamización.
E
l Ayuntamiento deberá contar entre el personal contratado para la realización del objeto del presente Convenio obligatoriamente con un puesto de personal Dinamizador/a,
que será la persona designada como responsable del Espacio, con la que el Instituto de
la Juventud de Extremadura podrá contactar en todo momento a fin de realizar un seguimiento de la propuesta anual de actividades, así como de aquellas otras actividades
propuestas y aprobadas por la Dirección General del Instituto de la Juventud con posterioridad a la presentación de dicha Propuesta.
E
l personal del Ayuntamiento dedicado a la prestación de los Servicios objeto del presente Convenio no tendrá vinculación laboral, económica, o de cualquier tipo con el Instituto de la Juventud de Extremadura. En ningún caso existirá dependencia jerárquica ni
funcional entre los empleados del Ayuntamiento y el Instituto de la Juventud.
E
l Ayuntamiento deberá presentar declaración responsable de que todo el personal,
propio o subcontratado, o en su caso el personal voluntario, al que le corresponda la realización de las tareas necesarias para llevar a cabo el fin del presente Convenio cuenta
con el certificado negativo exigido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de
junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
5. E
nviar a la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura una memoria
anual de actividades.
6. M
antener en vigor una Póliza de responsabilidad civil que dé cobertura a los siniestros
que ocurran en las instalaciones donde se lleven a cabo las actividades englobadas en
la propuesta anual de actividades así como las que se aprueben con posterioridad.
7. C
eder el uso de las Instalaciones del E.C.J al Instituto de la Juventud para el desarrollo
de sus actividades, siempre que no interfieran en el desarrollo de las reflejadas en la
Propuesta anual, debiendo mediar previa comunicación del Instituto de la Juventud con
la debida antelación a las fechas en que se dispondrán dichas Instalaciones.
Martes 31 de enero de 2023
7331
3. J ustificar el destino dado a las cantidades recibidas en concepto de subvención en los
términos previstos en el presente Convenio así como las que, en su caso, aportase el
Ayuntamiento debiendo quedar justificado a la fecha establecida en la Cláusula Séptima
la totalidad del coste del Programa Municipal.
4. P
roveer el personal necesario para la apertura y cierre de las instalaciones, personal de
limpieza y de mantenimiento, así como para llevar a cabo las tareas de dinamización.
E
l Ayuntamiento deberá contar entre el personal contratado para la realización del objeto del presente Convenio obligatoriamente con un puesto de personal Dinamizador/a,
que será la persona designada como responsable del Espacio, con la que el Instituto de
la Juventud de Extremadura podrá contactar en todo momento a fin de realizar un seguimiento de la propuesta anual de actividades, así como de aquellas otras actividades
propuestas y aprobadas por la Dirección General del Instituto de la Juventud con posterioridad a la presentación de dicha Propuesta.
E
l personal del Ayuntamiento dedicado a la prestación de los Servicios objeto del presente Convenio no tendrá vinculación laboral, económica, o de cualquier tipo con el Instituto de la Juventud de Extremadura. En ningún caso existirá dependencia jerárquica ni
funcional entre los empleados del Ayuntamiento y el Instituto de la Juventud.
E
l Ayuntamiento deberá presentar declaración responsable de que todo el personal,
propio o subcontratado, o en su caso el personal voluntario, al que le corresponda la realización de las tareas necesarias para llevar a cabo el fin del presente Convenio cuenta
con el certificado negativo exigido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de
junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
5. E
nviar a la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura una memoria
anual de actividades.
6. M
antener en vigor una Póliza de responsabilidad civil que dé cobertura a los siniestros
que ocurran en las instalaciones donde se lleven a cabo las actividades englobadas en
la propuesta anual de actividades así como las que se aprueben con posterioridad.
7. C
eder el uso de las Instalaciones del E.C.J al Instituto de la Juventud para el desarrollo
de sus actividades, siempre que no interfieran en el desarrollo de las reflejadas en la
Propuesta anual, debiendo mediar previa comunicación del Instituto de la Juventud con
la debida antelación a las fechas en que se dispondrán dichas Instalaciones.