Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060169)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y Caja Rural de Extremadura para la organización de certámenes y eventos relacionados con la I+D+i.
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NÚMERO 21
Martes 31 de enero de 2023
7317
Con carácter general, CICYTEX asumirá la dirección técnica de los premios, actualizando las
Bases del concurso anualmente. Las citadas bases incluirá entre otros aspectos: el lugar dónde se realicen las catas, requisitos de las empresas participantes, procedimiento y plazo para
realizar las inscripciones, forma en el que se realizará la recepción de las piezas y su tratamiento a efectos de transparencia en su manipulación, entrega ante Notario de los registros
de las empresas participantes y sorteo ante el fedatario público para determinar el orden de
las catas; en su caso determinación de la fase o fases de cada concurso, número de miembros que compondrán el jurado y número de suplentes, método en el que se recopilarán las
puntuaciones de los jueces y ponderación de resultados; así como aquellos aspectos que en
cada edición las partes consideren oportunas en aras a mejorar la celebración de los Premios
Espiga.
Corresponderá a Caja Rural de Extremadura la publicación y divulgación de las bases de los
concursos a través de los medios que garanticen la adecuada difusión de los premios, asegurando la mayor participación de las empresas interesadas.
Quinta. Derechos de propiedad intelectual e industrial.
Tanto en materia de derechos de propiedad intelectual que se deriven del presente convenio,
se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, modificado por Ley 23/2006,
de 7 de julio, así como en materia de derechos de propiedad industrial que eventualmente se
deriven de este convenio, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 24/2015, de 24 de julio,
de Patentes y normativa complementaria, se entenderá que los derechos y obligaciones que
se deriven corresponderán exclusivamente al CICYTEX.
Sexta. Confidencialidad y protección de datos.
Los términos concretos del presente Convenio de Colaboración no tendrán carácter confidencial. No obstante, toda la información o documentación que cada una de las Partes obtenga
de la otra con motivo del presente convenio tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada o publicada, salvo en los términos o condiciones que las Partes acuerden. Se excluye
de la categoría de información confidencial toda aquella información de deba ser revelada de
acuerdo con las leyes o en virtud de resolución judicial o acto de autoridad competente.
En cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal,
ambas partes se comprometen a cumplir con las obligaciones impuestas por el Reglamento
2016/679 General de Protección de Datos (en adelante, RGPD) y por la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales).
Ambas partes serán consideradas responsables independientes respecto de los datos personales a los que ambas accedan en base a lo estipulado en el presente convenio y, para el
Martes 31 de enero de 2023
7317
Con carácter general, CICYTEX asumirá la dirección técnica de los premios, actualizando las
Bases del concurso anualmente. Las citadas bases incluirá entre otros aspectos: el lugar dónde se realicen las catas, requisitos de las empresas participantes, procedimiento y plazo para
realizar las inscripciones, forma en el que se realizará la recepción de las piezas y su tratamiento a efectos de transparencia en su manipulación, entrega ante Notario de los registros
de las empresas participantes y sorteo ante el fedatario público para determinar el orden de
las catas; en su caso determinación de la fase o fases de cada concurso, número de miembros que compondrán el jurado y número de suplentes, método en el que se recopilarán las
puntuaciones de los jueces y ponderación de resultados; así como aquellos aspectos que en
cada edición las partes consideren oportunas en aras a mejorar la celebración de los Premios
Espiga.
Corresponderá a Caja Rural de Extremadura la publicación y divulgación de las bases de los
concursos a través de los medios que garanticen la adecuada difusión de los premios, asegurando la mayor participación de las empresas interesadas.
Quinta. Derechos de propiedad intelectual e industrial.
Tanto en materia de derechos de propiedad intelectual que se deriven del presente convenio,
se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, modificado por Ley 23/2006,
de 7 de julio, así como en materia de derechos de propiedad industrial que eventualmente se
deriven de este convenio, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 24/2015, de 24 de julio,
de Patentes y normativa complementaria, se entenderá que los derechos y obligaciones que
se deriven corresponderán exclusivamente al CICYTEX.
Sexta. Confidencialidad y protección de datos.
Los términos concretos del presente Convenio de Colaboración no tendrán carácter confidencial. No obstante, toda la información o documentación que cada una de las Partes obtenga
de la otra con motivo del presente convenio tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada o publicada, salvo en los términos o condiciones que las Partes acuerden. Se excluye
de la categoría de información confidencial toda aquella información de deba ser revelada de
acuerdo con las leyes o en virtud de resolución judicial o acto de autoridad competente.
En cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal,
ambas partes se comprometen a cumplir con las obligaciones impuestas por el Reglamento
2016/679 General de Protección de Datos (en adelante, RGPD) y por la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales).
Ambas partes serán consideradas responsables independientes respecto de los datos personales a los que ambas accedan en base a lo estipulado en el presente convenio y, para el