Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060137)
Resolución de 11 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, la Diputación Provincial de Cáceres, la Universidad de Extremadura, la Mancomunidad Integral Villuercas-Ibores-Jara, el Grupo de Acción Local Asociación para la Promoción y el Desarrollo Rural del Geoparque Mundial Unesco de Villuercas-Ibores-Jara (Aprodervi), la Asociación de Empresas del Geoparque Mundial de la Unesco Villuercas-Ibores-Jara Geovilluercas y la Asociación Geológica de Extremadura (Agex), para la gestión del Geoparque Mundial de la Unesco Villuercas-Ibores-Jara.
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NÚMERO 20
Lunes 30 de enero de 2023
7123
Decimotercera. Financiación de las actividades generadas por este convenio.
La financiación de las actividades de este convenio podrá provenir:
— Del presupuesto anual asignado de la Diputación de Cáceres. Esta asignación se realizará en el programa Geoparque del Presupuesto General de la Diputación de Cáceres cuya
dotación mínima deberá cubrir los compromisos con las Redes Europea y Mundial de
Geoparques (asistencia a sus reuniones, publicidad conjunta, trabajos con la UNESCO y
Semana Europea de los Geoparques), así como las actividades de promoción turística,
proyecto educativo y conservación científica.
— Del presupuesto que puedan asignarle anualmente el resto de las instituciones firmantes y que serán gestionados por ellas mismas o bien transferidos a la Diputación de
Cáceres mediante convenio particular.
— De los proyectos que las entidades asociadas puedan obtener de cualquier ente público
o privado, en España y en el extranjero.
Decimocuarta. Duración del convenio, alineación con la Agenda 2030 y evaluación
de resultados.
El presente Convenio tendrá una duración de 4 años a partir de la fecha de firma, prorrogable por decisión unánime del Consejo prorrogable conforme a lo establecido en el artículo 49
h) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Ello permite
una alineación temporal de este convenio con la marcada en la Agenda 2030 y permitirá la
ejecución de la Planificación estratégica y de su anexo ODS descrito en la cláusula quinta. El
Consejo del Geoparque analizará en los meses previos a la posible prórroga los resultados del
convenio y de la planificación tomando la decisión oportuna en cuanto a dicha prórroga y si
ésta debe contener algún anexo de recomendaciones para la obtención de resultados finales
en 2030.
No obstante podrá producirse su resolución por denuncia previa de algunas de las partes,
hecho que deberá comunicarse al resto para su consideración en el Consejo del Geoparque.
Decimoquinta. Naturaleza.
El presente Convenio posee naturaleza administrativa, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo en los términos que se establecen en la Sección
3ª del capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Lunes 30 de enero de 2023
7123
Decimotercera. Financiación de las actividades generadas por este convenio.
La financiación de las actividades de este convenio podrá provenir:
— Del presupuesto anual asignado de la Diputación de Cáceres. Esta asignación se realizará en el programa Geoparque del Presupuesto General de la Diputación de Cáceres cuya
dotación mínima deberá cubrir los compromisos con las Redes Europea y Mundial de
Geoparques (asistencia a sus reuniones, publicidad conjunta, trabajos con la UNESCO y
Semana Europea de los Geoparques), así como las actividades de promoción turística,
proyecto educativo y conservación científica.
— Del presupuesto que puedan asignarle anualmente el resto de las instituciones firmantes y que serán gestionados por ellas mismas o bien transferidos a la Diputación de
Cáceres mediante convenio particular.
— De los proyectos que las entidades asociadas puedan obtener de cualquier ente público
o privado, en España y en el extranjero.
Decimocuarta. Duración del convenio, alineación con la Agenda 2030 y evaluación
de resultados.
El presente Convenio tendrá una duración de 4 años a partir de la fecha de firma, prorrogable por decisión unánime del Consejo prorrogable conforme a lo establecido en el artículo 49
h) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Ello permite
una alineación temporal de este convenio con la marcada en la Agenda 2030 y permitirá la
ejecución de la Planificación estratégica y de su anexo ODS descrito en la cláusula quinta. El
Consejo del Geoparque analizará en los meses previos a la posible prórroga los resultados del
convenio y de la planificación tomando la decisión oportuna en cuanto a dicha prórroga y si
ésta debe contener algún anexo de recomendaciones para la obtención de resultados finales
en 2030.
No obstante podrá producirse su resolución por denuncia previa de algunas de las partes,
hecho que deberá comunicarse al resto para su consideración en el Consejo del Geoparque.
Decimoquinta. Naturaleza.
El presente Convenio posee naturaleza administrativa, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo en los términos que se establecen en la Sección
3ª del capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo