Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Ganadería. Ayudas. (2023080158)
Anuncio de 19 de enero de 2023 por el que se da publicidad de las beneficiarias de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2022 al amparo del Decreto 48/2022, de 10 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 20
Lunes 30 de enero de 2023
7209
ANUNCIO de 19 de enero de 2023 por el que se da publicidad de las beneficiarias
de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2022 al amparo del Decreto
48/2022, de 10 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de
cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2022. (2023080158)
El Decreto 48/2022 de 10 de mayo, (DOE n.º 116, de 17 de junio 2022), establece las bases
reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de
cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
convocando las ayudas para el ejercicio 2022 en su Disposición adicional única.
El objeto de esta ayuda es establecer en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
las bases reguladoras de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria
periódica, destinadas a asociaciones de criadoras y criadores de ganado que hayan sido
reconocidas para aplicar un programa de cría aprobado por la autoridad competente, y otras
asociaciones de ámbito autonómico reconocidas por la autoridad competente colaboradoras
en la realización de las actividades recogidas en el programa de difusión de dichas razas, que
cumplan con los criterios del Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento y del Consejo de 8
de junio de 2016 relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio
y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores
híbridos y su material reproductivo, por el que se modifican el Reglamento (UE) 652/2014 y
las Directivas 89/608/CEE y 90/425/CEE del Consejo y se derogan determinados actos en el
ámbito de la cría animal.
Las asociaciones beneficiarias de estas ayudas, así como los requisitos que deben cumplir,
vienen detallados en el artículo 3 del citado Decreto.
En el artículo 4 se detallan las actividades subvencionables: gastos comprendidos dentro
de la gestión de Libros Genealógico, gastos de actuaciones de selección o conservación
contempladas en el Programa de Cría y gastos de actuaciones de programas de difusión de
la mejora.
La cuantía máxima de las ayudas para las actuaciones orientadas a la conservación,
caracterización, recopilación y utilización de recursos genéticos en la ganadería será la
siguiente:
— 100% gastos subvencionables en las actuaciones de gestión de los libros genealógicos.
— 70% gastos subvencionables en las actuaciones de selección o conservación contempladas
en el programa de cría.
Lunes 30 de enero de 2023
7209
ANUNCIO de 19 de enero de 2023 por el que se da publicidad de las beneficiarias
de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2022 al amparo del Decreto
48/2022, de 10 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de
cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2022. (2023080158)
El Decreto 48/2022 de 10 de mayo, (DOE n.º 116, de 17 de junio 2022), establece las bases
reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de
cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
convocando las ayudas para el ejercicio 2022 en su Disposición adicional única.
El objeto de esta ayuda es establecer en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
las bases reguladoras de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria
periódica, destinadas a asociaciones de criadoras y criadores de ganado que hayan sido
reconocidas para aplicar un programa de cría aprobado por la autoridad competente, y otras
asociaciones de ámbito autonómico reconocidas por la autoridad competente colaboradoras
en la realización de las actividades recogidas en el programa de difusión de dichas razas, que
cumplan con los criterios del Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento y del Consejo de 8
de junio de 2016 relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio
y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores
híbridos y su material reproductivo, por el que se modifican el Reglamento (UE) 652/2014 y
las Directivas 89/608/CEE y 90/425/CEE del Consejo y se derogan determinados actos en el
ámbito de la cría animal.
Las asociaciones beneficiarias de estas ayudas, así como los requisitos que deben cumplir,
vienen detallados en el artículo 3 del citado Decreto.
En el artículo 4 se detallan las actividades subvencionables: gastos comprendidos dentro
de la gestión de Libros Genealógico, gastos de actuaciones de selección o conservación
contempladas en el Programa de Cría y gastos de actuaciones de programas de difusión de
la mejora.
La cuantía máxima de las ayudas para las actuaciones orientadas a la conservación,
caracterización, recopilación y utilización de recursos genéticos en la ganadería será la
siguiente:
— 100% gastos subvencionables en las actuaciones de gestión de los libros genealógicos.
— 70% gastos subvencionables en las actuaciones de selección o conservación contempladas
en el programa de cría.